Diputados: ¿Se vienen las multas por no tener asientos y cajas preferenciales?

En la Municipalidad de Ciudad del Este por ejemplo se había agregado a pacientes con Trastorno del espectro autista (TEA) en su caja de atención prioritaria.
En la Municipalidad de Ciudad del Este por ejemplo se había agregado a pacientes con Trastorno del espectro autista (TEA) en su caja de atención prioritaria.

La Cámara de Diputados incluyó para su análisis mañana en sesión ordinaria fijada para las 9:00 el proyecto de ley que pretende establecer medidas más severas -incluidas multas- a fin de garantizar la atención preferencial y privilegiada para embarazadas, personas acompañadas de niños o niñas, adultos mayores y personas con discapacidad. Esto incluye desde asientos en el transporte público hasta cajas en comercios y lugares de atención al público.

La Cámara de Diputados incluyó como segundo punto del orden del día el proyecto de ley que “establece la atención preferencial y prioritaria en lugares públicos y privados de acceso público y otros servicios a mujeres embarazadas, personas acompañadas de niños o niñas, adultos mayores y personas con discapacidad”, y plantea castigos que van desde multas en el sector privado hasta la “falta grave” (causal de despido) en la Función Pública.

Si bien las medidas de atención preferencial ya se aplican voluntariamente en varios sitios, el proyecto presentado por diputados opositores plantea establecer la obligatoriedad y el establecimiento de sanciones ante el incumplimiento.

En el caso de establecimientos comerciales, bancarios, financieros, sanitarios, supermercados, farmacias y de servicios del sector privado que brinden atención al público, se deberán definir “mecanismos de acceso prioritario que reduzcan el tiempo de espera para los beneficiarios de esta ley” y “designar y señalar ‘Cajas preferenciales´”.

En lo que refiere al transporte público y privado (sean terrestres, fluviales o aéreos), se deberán “reservar asientos prioritarios, de fácil acceso y debidamente identificados” y en el casos de las plataformas digitales (Bolt, Uber, MUV y otros) se deberán implementar “opciones o dispositivos que faciliten la accesibilidad”.

Los organismos de aplicación, es decir, que deberán velar por el cumplimiento y aplicar las sanciones son los municipios.

Sanciones previstas

A fin de obligar el cumplimiento de la ley y que no sea meramente declarativa, el proyecto de ley plantea imponer multas al sector privado y sanciones administrativas a funcionarios públicos.

En lo que refiere a las multas, estas ascenderían de entre 10 (diez) a 30 (treinta) jornales mínimos (G. 1.115.020 a G. 3.345.060), a ser determinadas “de acuerdo a la gravedad de la falta y la reincidencia del infractor”.

En el caso de las instituciones públicas, se plantea que “el incumplimiento será considerado falta grave de la autoridad responsable de la atención al público, debiendo remitirse los antecedentes a la Secretaría de la Función Pública o al órgano superior correspondiente".

En tal sentido, la Ley de la Función Pública y el Servicio Civil establece que serán aplicadas a las faltas graves las siguientes sanciones disciplinarias:

  • Suspensión del derecho a la progresión dentro de la carrera del servicio civil por un período de hasta tres años.
  • Suspensión sin goce de sueldo de hasta noventa días.
  • Destitución con inhabilitación para ocupar puestos públicos por un período de hasta cinco años.