La normativa aprobada dispone la desaparición de la actual Secretaría de Repatriados como institución autónoma y su absorción por parte de la Cancillería Nacional, que pasará a concentrar todas las políticas públicas relacionadas con los paraguayos que residen en el exterior, el retorno de connacionales al país y la asistencia a refugiados paraguayos.
La iniciativa forma parte del proceso de reorganización institucional impulsado por el Ejecutivo con el argumento de reducir estructuras administrativas y centralizar funciones estatales.
¿Qué cambia con la nueva ley?
La principal modificación consiste en que la Secretaría de Repatriados deja de existir como organismo independiente.
En su reemplazo, se crea dentro del Ministerio de Relaciones Exteriores el Programa Especializado para Repatriados y Refugiados Connacionales (PEPRRC), una dependencia que tendrá autonomía administrativa y financiera para ejecutar sus funciones.
A diferencia del esquema anterior, la Cancillería asumirá competencias más amplias, entre ellas: diseñar y fiscalizar políticas de repatriación, coordinar la asistencia a paraguayos retornados y negociar acuerdos internacionales vinculados a migración y retorno.
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Asimismo, llevar registros de paraguayos residentes en el exterior, coordinar programas de reasentamiento, gestionar asistencia a connacionales en situación de vulnerabilidad y expedir certificados de repatriación para acceder a beneficios legales.
Los funcionarios pasarán a Cancillería
Uno de los puntos centrales de la ley establece que todos los funcionarios permanentes de la actual Secretaría de Repatriados pasarán automáticamente a integrar el plantel del Ministerio de Relaciones Exteriores.
La normativa garantiza la conservación de:
- La antigüedad.
- Los derechos laborales adquiridos.
- Los aportes jubilatorios.
- La continuidad administrativa de los cargos.
Sin embargo, la ley aclara que estos trabajadores no pasarán a formar parte del escalafón diplomático y consular. En consecuencia, seguirán rigiéndose por la legislación aplicable a los funcionarios públicos de la administración central y no por el régimen especial de la carrera diplomática.
Asimismo, los contratados mantendrán la vigencia de sus respectivos contratos bajo las mismas condiciones establecidas hasta su vencimiento.
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Con la entrada en vigencia de la nueva legislación, también se extingue el cargo de secretario ejecutivo de la Secretaría de Repatriados.
Además, el Ministerio de Relaciones Exteriores quedará facultado para realizar procesos de reorganización administrativa, y reubicación de funcionarios en el marco de la reingeniería institucional prevista.
Beneficios para paraguayos que regresen al país
La nueva legislación mantiene los incentivos destinados a fomentar el retorno de connacionales que hayan residido en el exterior durante al menos dos años consecutivos.
Quienes cumplan este requisito podrán ingresar al país, por única vez y libres de tributos:
Menaje de hogar: Hasta un valor equivalente a 850 jornales mínimos diarios.
Herramientas y maquinarias de trabajo: Hasta un valor de 3.000 jornales mínimos diarios.
Vehículo utilitario: Un vehículo de trabajo de hasta 1.700 jornales mínimos diarios, siempre que tenga al menos tres años de uso.
La ley establece que estos bienes no podrán ser vendidos, transferidos ni cedidos durante un período de tres años. En caso de incumplimiento, deberán abonarse los impuestos correspondientes y podrían aplicarse sanciones por defraudación fiscal.
Cancillería concentrará la política migratoria de retorno
El Ministerio de Relaciones Exteriores a través de embajadas y consulados, podrá promover programas de retorno voluntario, elaborar registros de connacionales en el extranjero, coordinar asistencia para la reinserción laboral y social de quienes regresen al país y articular acciones con organismos internacionales.
También tendrá atribuciones específicas para asistir a paraguayos víctimas de trata de personas, violencia o situaciones de riesgo en otros países.
La ley dispone la transferencia total de los activos de la Secretaría de Repatriados al Ministerio de Relaciones Exteriores. Esto incluye: bienes muebles, bienes inmuebles, recursos financieros, documentación institucional y programas en ejecución.
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El nuevo Programa Especializado para Repatriados y Refugiados Connacionales contará con una Sub unidad de Administración y Finanzas propia para administrar su presupuesto, aunque los recursos seguirán formando parte del Presupuesto General de la Nación.
La normativa comenzará a regir al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial. Con ello, quedará formalmente derogada la Ley N.º 227 de 1993, que creó la Secretaría de Desarrollo para Repatriados y Refugiados Connacionales, marcando el fin de más de tres décadas de funcionamiento como institución autónoma.
Puntos claves de la nueva ley:
- Desaparece la Secretaría de Repatriados.
- Todas sus funciones pasan al Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Se crea el Programa Especializado para Repatriados y Refugiados Connacionales.
- Los funcionarios son transferidos a Cancillería con sus derechos adquiridos.
- No ingresarán al escalafón diplomático.
- Se mantienen beneficios tributarios para paraguayos que regresen al país.
- Cancillería asumirá la conducción de las políticas de retorno, asistencia y reasentamiento de connacionales.
- La sanción quedó firme mediante el mecanismo constitucional de sanción ficta el 31 de mayo.
