El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), dio a conocer el reglamento para la acreditación y ejercicio de la Observación Electoral Nacional en el marco de las elecciones municipales fijadas para el próximo 4 de octubre.
Además, socializa para que las organizaciones interesadas y la ciudadanía en general sepan los derechos, reglamentos, obligaciones, plazos, requisitos y documentaciones que se debe presentar en el Plan de Observación Electoral Nacional.
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Las misiones de observación y las organizaciones acreditadas podrán observar las etapas preelectoral, electoral y poselectoral en el marco de las elecciones municipales a realizarse en las 263 localidades.
Además de acceder a los locales de votación y al escrutinio; podrán acceder a información pública del proceso electoral y presentar recomendaciones e informes al TSJE.
Estos son los requisitos para ser observador electoral
Pueden acceder a la acreditación las personas jurídicas nacionales que tengan como objetivo el fortalecimiento de la democracia.
La solicitud se debe hacer 30 días antes de las elecciones municipales mediante una nota dirigida al TSJE.
Es importante aclarar que la solicitud debe incluir los documentos de constitución de las personas jurídicas, autenticados.
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También la documentación que acredite al representante legal; el domicilio de la organización y el Plan de Observación Electoral Nacional.
En la nota dirigida a la Justicia Electoral se deben indicar los objetivos de la observación, las actividades y locales de votación que serán observados, y el plan de despliegue de los observadores.
También se debe especificar la fuente de financiamiento, la identificación de los responsables y los materiales de capacitación que recibirán los observadores.
Se debe tener en cuenta que no podrán integrar la misión los candidatos a cargos electivos, dirigentes o activistas de organizaciones políticas, funcionarios públicos con cargos directivos y los menores de edad.
Con relación a las obligaciones de las organizaciones y observadores durante el proceso electoral, deberán actuar con imparcialidad, objetividad e independencia; no realizar proselitismo político; no interferir en el desarrollo de la elección; portar siempre su credencial; registrar e informar cualquier incidente sin intervenir; y respetar la Constitución, las leyes y las disposiciones del TSJE.
¿Dónde obtener mas datos?
Para más información los interesados pueden comunicarse a la Dirección de Organizaciones Intermedias al teléfono (021) 618 0452, (021) 618 0646. También está disponible el correo: org.intermedias@gmail.com.
