19 de junio de 2026

Entregar acciones como forma de pago puede aliviar una obligación inmediata, pero también incorporar socios no previstos y generar conflictos difíciles de resolver. Una adecuada planificación societaria permite anticipar riesgos, establecer mecanismos de salida y proteger la empresa.

Cuando escuchamos el término moderno de disrupción, lo primero que pensamos es en un cambio tecnológico, pero en realidad, disrupción es en sí un cambio “brusco”, una interrupción brusca de algo, que impone, que “desbanca”, que transforma cualquiera sea la actividad. En esa línea podemos definir la disrupción como aquello mucho más fuerte que la simple evolución, es más radical, más abrupto y sin aviso previo. Y efectivamente coincidimos que esto ocurrió más visiblemente con la tecnología, en todos los campos, influyendo en la medicina, en la industria, en el comercio, en la publicidad y en todas las organizaciones.
Recientemente el Banco Central del Paraguay (BCP) emitió la Resolución Nº 16/2022 sobre gobierno corporativo en las entidades supervisadas por la Superintendencia de Bancos y de Seguros y que entra en vigencia a partir de enero de 2023. Para la misma resolución, el gobierno corporativo es un sistema compuesto por políticas, normas y órganos internos y externos que gobiernan, dirigen y controlan la gestión y administración de una entidad. La norma establece que es un reglamento de “estándares mínimos” para un buen gobierno corporativo, sin embargo, en su artículo 2° aclara que constituye un marco regulatorio de carácter obligatorio para las entidades supervisadas por el BCP.