En las próximas semanas, el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) debe remitir al Poder Ejecutivo su recomendación para el reajuste del salario mínimo legal correspondiente al presente periodo, en tanto crece el debate sobre la necesidad de modificar el método de ajuste, que actualmente se basa en la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC). Si se toma como base el último resultado de la inflación de mayo último, que alcanzó una variación de 2,4% anual, el reajuste salarial sería de solo G. 69.577, monto insuficiente para el sector obrero. De esta forma el SML legal pasaría de G. 2.899.048 (vigente) a G. 2.968.625 desde julio próximo.
Ante la disconformidad del sector trabajador con este ajuste, el viceministro de trabajo, César Segovia, comentó que la posición del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) es que la ley actual permite que se discuta, ya que el artículo 255 del Código Laboral dice: “que la variación se hará sobre la base de la variación interanual del IPC y su implicancia en la economía nacional”, sostuvo.
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Reajuste puede ser mayor al IPC
Detalló además que desde el Ministerio de Trabajo analizaron los planteamientos de ambos sectores, por lo que sostienen que la suba puede ser mayor que la inflación. Segovia precisó que plantearon al sector trabajador, que reclama un ajuste del 20%, para que ese aumento sea en un plazo de 3 a 4 años.

El viceministro detalló que en los últimos periodos se dieron reajustes de entre el 3,6%, 4,4% y 5,1%, niveles que el mercado local pudo absorber sin mayores sobresaltos, y se mantuvo una inflación controlada.
“Hoy consideramos que debido al comportamiento del índice de alimentos, no es muy justo reajustar el salario mínimo en base solamente a ese indicador. La canasta que consume el trabajador que gana salario mínimo, no se ajusta, y no va a poder recuperar su poder adquisitivo”, afirmó.
De acuerdo con estudios gestionados por los sindicatos, una familia integrada por cuatro personas requiere alrededor de G. 7.614.000 al mes para poder cubrir las necesidades de alimentación, vestimenta y otros, por lo que consideran que el salario mínimo legal debe ser este monto, que casi triplica la cifra actual. La propuesta oficial del sector trabajador es de un aumento del 20%.
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UIP pide respetar criterio legal

Al ser abordado sobre la situación, el presidente de la Unión Industrial Paraguaya (UIP), Enrique Duarte, reafirmó entrevista a la 780AM que el reajuste del salario mínimo debe ceñirse a la variación anual de la inflación, tal como establece la legislación vigente, y que fuera de esto, se excedería los parámetros legales actuales.
Duarte detalló que tanto el Código Laboral como las normas vigentes determinan que el ajuste salarial debe realizarse en función de la variación del IPC y en ese sentido, advirtió que aprobar un aumento superior a lo establecido, implicaría actuar al margen de la Ley.
No obstante, agregó que el sector empresarial está dispuesto a debatir posibles modificaciones en los criterios de reajuste, siempre que estas sean analizadas mediante una reforma legal y a través del diálogo entre trabajadores, empresarios y autoridades.
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Mipymes no tienen capacidad de pagar un aumento superior, advierte gremio
Ante la propuesta del Gobierno de plantear un reajuste mayor a la variación del IPC, Luis Tavella, presidente de la Federación Paraguaya de Mipymes (Fedemipymes) explicó que sería complicado especialmente en este momento político. Detalló que estando prácticamente en periodo de elecciones, “todos quieren quedar bien a costilla de la clase empresarial”.

Por otra parte, añadió que la ley es clara sobre los parámetros para aplicar el reajuste salarial y que es en base al IPC.
Además, agregó que se debe considerar que el 98% de las empresas en Paraguay son Mipymes, y la mayoría de ellas, son microempresas que no tienen la capacidad de poder pagar un aumento mayor a lo que dice la ley hoy.
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Argumentos rebuscados
“Escuché argumentos que la ley permite analizar otros parámetros pero nosotros consideramos que son argumentos rebuscados y sacados a la medida”, afirmó
Añadió que en el contexto actual, la microeconomía no está pasando bien, y a eso añadió que el Paraguay tiene el rango de menor productividad de la región, problemas de educación para el trabajo y la suma de estos elementos no permite pagar un salario no acorde a la producción de la mano de obra.
La ley establece que antes del 30 de junio de cada año debe salir el decreto del reajuste. A fin de llegar a este plazo, el Ministerio de Trabajo prevé que para el 15 de junio se definiría el porcentaje a ser recomendado al Ejecutivo, instancia en la que finalmente se emitirá el decreto del nuevo SM que entrará en vigencia a partir del 1 de julio.
La reunión del Consejo Nacional del Salario Mínimo prevista para el miércoles 3 de junio se suspendió y pasó para el próximo lunes 8, atendiendo que el sector empresarial solicitó posponer la reunión.
