Caso audios: vía libre para nuevo juicio al “partner” Raúl Fernández Lippmann

Un Tribunal de Apelación Penal confirmó la división del juicio para el ex secretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) Raúl Fernández Lippmann por el supuesto hecho de tráfico de influencias en el caso audios. En el caso del Abg. Carmelo Caballero, la Sala Constitucional debe resolver una acción de inconstitucionalidad planteada por el letrado.

El imputado Raúl Fernández Lippmann (i) y su abogado Álvaro Arias. El “partner” prometió “cantar”, pero nunca dijo nada.
Raúl Fernández Lippmann (izq.), acusado en el caso audios; y el abogado Álvaro Arias.Archivo, ABC Color

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El Tribunal de Apelación Penal de la Adolescencia de la Capital, integrado por los camaristas Gloria Benítez, Andrea Vera Aldana y Guido Cocco Samudio, confirmó las resoluciones que fijó el nuevo juicio oral y público de Raúl Antonio Fernández Lippmann, ex secretario del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM); y separó el juzgamiento con respecto al Abg. Carmelo Caballero, teniendo en cuenta que la Corte Suprema de Justicia debe resolver la acción que planteó el letrado en el “caso audios”.

Con esta decisión de la Cámara de Apelaciones, el Tribunal de Sentencia que preside la jueza Rossana Maldonado e integran sus colegas Juan Ortiz y Manuel Aguirre, tiene que fijar una nueva fecha para el juicio oral y público al “partner” del ex senador cartista Óscar González Daher (fallecido en octubre de 2021), por el supuesto hecho punible de tráfico de influencias en el “caso audios filtrados”.

El inicio del juzgamiento se había fijado para el pasado 13 de setiembre, pero se tuvo que suspender debido a que el expediente fue remitido a la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial, que dio trámite a la acción de inconstitucionalidad que promovió el Abg. Carmelo Caballero en contra de la resolución del Tribunal de Apelación que ordenó el nuevo juzgamiento.

Sentencia en primer juicio del “caso audios”

El primer juicio del caso “audios filtrados” finalizó el 28 de diciembre de 2020, con la condena a dos años de prisión con suspensión de la ejecución de la pena para el exsenador colorado Óscar González Daher y su ex secretario en el Jurado Raúl Fernández Lippmann, por tráfico de influencias.

El tribunal integrado por Juan Carlos Zárate, como presidente, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro; condenó además por el mismo delito al Abg. Carmelo Caballero a 1 año y 8 meses de cárcel, también con suspensión a prueba de la ejecución de la condena.

Por otro lado, el tribunal decidió absolver a los tres procesados de la acusación por asociación criminal, por el que los fiscales Natalia Fúster, Rodrigo Estigarribia y Sussy Riquelme también habían solicitado condenas.

Abogado Carmelo Caballero.
Abogado Carmelo Caballero, procesado en el caso audios.

El 23 de noviembre de 2021 los camaristas Arnulfo Arias, José A. Fernández y Gustavo Auadre, con voto en mayoría de estos últimos, anuló la absolución tanto de Fernández Lippmann como de Caballero; y ordenó un nuevo juicio oral, a fin de adecuar la calificación y la pena para ambos procesados por el caso audios filtrados.

Acción pendiente en la Corte Suprema

La Sala Constitucional integrada por el ministro de la Corte Suprema de Justicia Gustavo Santander, la camarista Belén Agüero y el juez Juan Martínez; debe resolver la acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Abg. Carmelo Caballero en contra de la Sentencia Definitiva N° 90, dictada el 28 de noviembre de 2021 por el Tribunal de Apelación Penal 4ª Sala de la Capital, que confirmó el fallo que condenó al letrado por tráfico de influencias.

Básicamente, el argumento de Caballero es que un particular no puede incurrir en tráfico de influencias, teniendo en cuenta que la Ley N° 2523 establece en su artículo 2° que la normativa “será aplicable a toda persona que cumpla una función pública, o tenga facultades de uso, custodia, administración o explotación de fondos, servicios o bienes públicos, cualquiera sea la denominación del cargo, o su forma de elección, nombramiento o contratación”.

Con voto en mayoría de los camaristas José Agustín Fernández y Gustavo Auadre, el tribunal de alzada resolvió anular la absolución de Carmelo Caballero y Raúl Fernández Lippmann del hecho punible de asociación criminal; y por unanimidad, con la adhesión del magistrado Arnulfo Arias, confirmó el fallo que los declaró culpables del delito de tráfico de influencias.

Atendiendo que la acción pendiente de resolución, el caso de Caballero se separó del juzgamiento de Fernández Lippmann.

Oviedo Matto, absuelto de culpa y pena

El 14 de diciembre de 2021 quedó firme la absolución de culpa y reproche del exsenador por el Partido Unace Jorge Antonio Oviedo Matto, del proceso penal por tráfico de influencias en el caso de los audios filtrados. La Fiscalía no recurrió ante la Corte Suprema de Justicia contra el fallo del Tribunal de Sentencia que consideró que en el juicio el Ministerio Público no presentó pruebas del hecho punible.

Por unanimidad los jueces Juan Carlos Zárate Pastor, María Fernanda García de Zúñiga y Héctor Capurro, concluyeron que en el juicio oral a los acusados por el “caso audios” no se probó la comisión del hecho punible por parte de Oviedo Matto y que hubo muchas contradicciones e inconsistencias en las declaraciones de la fiscal Casse Giménez y su ex asistente Fermín Bogado.

El exsenador Jorge Oviedo Matto (Unace) está acusado por tráfico de influencia en  el caso audios filtrados.
El ex senador Jorge Oviedo Matto (Unace) y la Abg. Bettina Legal.

En los alegatos finales los fiscales Natalia Fúster, Rodrigo Estigarribia y Sussy Riquelme argumentaron que el exlegislador aprovechó su condición de miembro del JEM y pidió a la fiscal Casse Giménez 10.000 dólares, o al menos US$ 5.000 para tener los votos y sancionar a la fiscala Karina Giménez.

Sin embargo, el tribunal fundamentó que el hecho no fue probado ya que tanto Casse Giménez como su ex asistente Fermín Bogado, en sus declaraciones en el juicio ora, cayeron en numerosas contradicciones.

Sobre el audio divulgado por ABC en diciembre de 2017, en el que se escucha a Oviedo Matto decir: “Casse, amanecé en el banco, Casse. Yo te voy a solucionar eso. Ani ejepyapyti”, los jueces de sentencia cuestionaron que no hayan podido acceder a la grabación original, ya que Giménez afirmó que se le borró el archivo porque el teléfono celular en el que recibió “se descompuso”.

Pericia internacional

El “audio filtrado” de Oviedo Matto fue la única grabación producida como prueba en el juicio oral, a pedido de la defensa del exsenador por Unace, que a través de una pericia hecha por expertos internacionales alegó que fue “trucada”.

“Tuve que renunciar y perdí mi cargo de senador en dos ocasiones. El perjuicio que me hizo ( la fiscal Casse Giménez) es irreparable”, había dicho Oviedo Matto en su declaración en el juicio.

Indagados por presunto testimonio falso en juicio

La fiscal Casse Giménez y su ex asistente Fermín Bogado, actual defensor público, son investigados por el supuesto hecho punible de testimonio falso en el juicio oral al ex senador Jorge Oviedo Matto, por el caso “audios filtrados”.

La fiscal Casse Giménez ratificó que Oviedo Matto pidió plata.
La fiscal Casse Giménez durante su declaración en el juicio del caso audios filtrados.

La investigación contra la agente fiscal y el defensor público inició luego que quedó firme la absolución del ex legislador por Unace, teniendo en cuenta que el Tribunal de Sentencia que juzgó el caso ordenó que se remitan los antecedentes de ambos a la Fiscalía ante la serie de contradicciones en sus declaraciones en el juicio oral y público.

“Fue Casse Giménez la que cometió el tráfico de influencias porque quiso usar al JEM para enjuiciar a una persona que no era de su simpatía”, alegó la jueza María Fernanda García de Zúñiga al dictar el fallo.

El caso está a cargo de la fiscal Claudia Aguilera, quien fue recusada por la su colega Casse Giménez, pero el recurso fue rechazado por el fiscal general del Estado Emiliano Rolón.

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