El Tribunal de Sentencia, compuesto por las magistradas Ninfa Aguilera, Nilda Caballero y Marcela Escobar, realizó la tercera jornada del juicio oral contra Antonio Villalba (38), acusado del feminicidio de Carmen Servián, cometido el 4 de marzo de 2023. Tras la deliberación, por unanimidad determinaron que el hecho está comprobado en primera instancia y dictaron 30 años de pena privativa de libertad.
La causa fue sostenida por el fiscal Walter Castro, de la Unidad Penal en Tomás Romero Pereira del Ministerio Público. El representante solicitó, aparte de la condena, una medida de seguridad que agregaría 10 años más de prisión, pero el tribunal determinó que no se configuran los presupuestos expuestos por el fiscal.
Entre los motivos expuestos por los magistrados, indicaron que la conducta del sentenciado respondía a cuestiones de género y no se comprobó ningún atenuante al hecho consumado, como intentó exponer la defensa. La presidenta del tribunal, Ninfa Aguilera, explicó que Villalba planeó el asesinato de Carmen Servián y lo ejecutó en uso pleno de sus facultades, debido a sus desmedidos celos contra su expareja.

También se comprobó la existencia de episodios de violencia intrafamiliar, lo que causó la separación y el pedido de medida cautelar de alejamiento. Detalló la jueza que incluso esta medida cautelar es la que lo enfurece y lo lleva a cometer el atroz crimen.
Lea más: Investigan denuncia de supuesto atraco domiciliario en zona rural de Cambyretá
El crimen
La noche del 4 de marzo de 2023, Carmen Servián fue asesinada a tiros frente a sus tres hijos, en una precaria vivienda de la localidad de Puerto Triunfo, en el distrito de Natalio. El autor fue su expareja, Antonio Villalba Aranda (38), quien le disparó en varias ocasiones, provocándole tres heridas de bala que le causaron la muerte cuatro días después.

El mismo fue detenido por la policía y de su poder se incautó el arma homicida. Según los detalles expuestos en el juicio, el hombre discriminaba a la familia de Carmen y en varias ocasiones la habría agredido y denigrado.
En el momento del hecho, tenía una exclusión de hogar y una medida cautelar de alejamiento por el último episodio de violencia. Cuando fue notificado de esta resolución judicial, habría mencionado a los intervinientes que “solucionaría la situación”.
También se habría comprobado que el mismo amenazaba y acosaba vía telefónica a la mujer antes de cometer el feminicidio.
Lea más: Audio revelaría padrinazgo político para conseguir cargos en la Entidad Binacional Yacyretá
¿Qué es el feminicidio?
La legislación paraguaya, a través de la Ley Nº 5777/16 de Protección Integral a las Mujeres, define el feminicidio como el asesinato de una mujer por su condición de tal, motivado por razones de género, ya sea en el ámbito público o privado. La pena privativa de libertad establecida es de 10 a 30 años.
La “Ley por ellas” define las circunstancias que lo pueden configurar, entre las que menciona: haber mantenido una relación de pareja, cónyuge, conviviente o de hecho con el agresor, incluso sin convivencia; la existencia previa de violencia física, sexual o psicológica contra la mujer; que la víctima haya sido incomunicada o privada de su libertad; y motivos de odio, desprecio o subvaloración por el hecho de ser mujer (razones de género).
En apenas tres meses, Paraguay contabiliza 10 víctimas de feminicidio y ocho de tentativa, según datos difundidos este lunes por el Ministerio Público. De los 22 huérfanos, considerados víctimas indirectas de estos crímenes, 14 son menores de edad, según el informe.
