Jueza traba embargo por G. 200 millones y dicta medidas para exfiscala Stella Mary Cano

La ex fiscala Stella Mary Cano, está procesada por presunta persecución de inocentes cometida contra un estilista italiano residente en Paraguay. Junto a ella está el abogado Daniel Lobo Corbeta.
La ex fiscala Stella Mary Cano, está procesada por presunta persecución de inocentes cometida contra un estilista italiano residente en Paraguay. Junto a ella está el abogado Daniel Lobo Corbeta.gentileza

La jueza Clara Ruíz Díaz otorgó medidas alternativas a la prisión preventiva a la exfiscala Stella Mary Cano, imputada por presunta persecución de inocentes. A modo de garantizar su sometimiento al proceso, se trabó embargo preventivo por G. 200 millones sobre un inmueble ubicado en Alto Paraná.

La exfiscala Stella Mary Cano (53) deberá cumplir medidas alternativas a la prisión preventiva, así lo determinó la jueza penal de garantías N° 1 Clara Elizabeth Ruiz Díaz Parris, mediante su Auto Interlocutorio (AI) N° 1102. Esto en el marco de la causa en la que fue imputada por persecución de inocentes por la fiscala Sonia Sanguinés, de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos.

De esta forma, por resolución judicial la exfiscala Cano tiene la prohibición de salir del país y de cambiar de domicilio, salvo expresa autorización del juzgado que lleva su causa; también las obligaciones de comparecer ante el Juzgado para firmar el libro de comparecencia, en los primeros 10 días de cada mes; comunicar el cambio de cualquier dato relevante de su persona como número de teléfono.

Por otra parte, la magistrada admitió y estableció como fianza real un inmueble ubicado en el distrito de Hernandarias, departamento de Alto Paraná, perteneciente a Porfirio Garcete Vega por el monto de G. 200.000.000, y en consecuencia trabó el embargo preventivo sobre el mismo por la citada cifra de dinero.

Jueza Clara Ruiz Díaz.
Clara Ruiz Díaz, jueza de Garantías.

Por último, la jueza Ruiz Díaz advirtió en su resolución a la exagente del Ministerio Público que, ante el incumplimiento de algunas de las condiciones estipuladas en el escrito, se revocarán las medidas alternativas y se ordenará su captura.

Fiscala Stella Mary Cano zafó de enjuiciamiento tras renunciar

El pasado 26 de febrero, por unanimidad el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) resolvió despojar de sus fueros e iniciar de oficio un enjuiciamiento contra Stella Mary Cano, por entonces aún agente fiscal de la ciudad de Ayolas.

Cano intentó evitar que se trate su caso en la sesión del JEM, con la presentación de un incidente de prescripción, sin embargo el mismo fue rechazado a pedido de los ministros de la Corte, Manuel Ramírez y César Garay, vicepresidentes primero y segundo, respectivamente del órgano.

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Garay había dicho aquella vez que ese incidente “será atendido en el momento procedimental, que por ley, corresponde, tratándose de prescripciones; aquí, nosotros, estamos en un estadio ajeno”.

En tanto que Candia manifestó: “Es un tema que se tiene que plantear ante el órgano judicial competente, este no es el órgano habilitado para estudiar en este momento esta situación y también sobre la posibilidad de la extinción ante este jurado se evaluará cuando comience formalmente el procedimiento”.

Una semana después -el 10 de marzo- Stella Mary Cano presentó renuncia al cargo y, el 11 de marzo, en la sesión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) fue aceptada su renuncia, pero con la salvedad de dejar en el acta las circunstancias en que se da la renuncia de Stella Mary Cano como agente del Ministerio Público.

Fiscala Stella Mary recibió denuncia por supuesta estafa

El caso llegó a la Fiscalía luego de que María Teresa Escobar denunciara al estilista Ciro Panniello, pues ambos intentaron formar una sociedad para abrir una sucursal de la peluquería del italiano. Pese a que la mujer adelantó el pago para ese fin, la sociedad no prosperó.

Ante esa situación, Panniello entregó un cheque por G. 120 millones como garantía por el adelanto que hizo Escobar. Sin embargo, cuando la mujer intentó efectivizar la hoja de pago esta le fue rechazada por fecha deficiente. Desde ese hecho, y conociendo que en la peluquería había elementos que superaban el valor de G. 770 millones, según inventario, Escobar pidió la entrega de estos como reparación del daño.

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Escobar consiguió que Panniello le entregue los enseres de la peluquería valorados en G. 778.204.625, luego de que la fiscala Stella Mary Cano ordenara la detención del italiano y dispusiese su traslado, así como el de la mujer, una asistente fiscal y otros abogados hasta la sede de la peluquería para una “constitución” que, en el fondo, tuvo por finalidad un “acuerdo conciliatorio entre las partes”.

Sonia Sanguinés fiscal fiscalía derechos humanos Ministerio Público
Sonia Sanguinés, fiscal de la Unidad Especializada en Hechos Punibles contra los Derechos Humanos.

Es ese encuentro Panniello, que en ese momento seguía privado de libertad, firmó el acuerdo y entregó los bienes a Escobar, y según denunció fue bajo amenaza de que lo llevarían a Tacumbú. Tras esa “conciliación”, Cano ordenó la libertad del italiano y después pidió desestimar la causa por acuerdo conciliatorio.

Más adelante, ante el juez de Garantías, Panniello dijo que fue coaccionado para firmar, por eso el Juzgado rechazó el pedido fiscal.

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Intervención de adjunta desnudó nula actuación fiscal

Tras el primer trámite de oposición del Juzgado Penal de Garantías, en agosto de 2018, la fiscala Stella Mary Cano se ratificó en su pedido en septiembre, pero nuevamente el juez del caso devolvió al Ministerio Público el pedido para su estudio. Esta vez, la responsabilidad recaía en la fiscala adjunta Gilda Villalba.

Villalba rectificó en diciembre de 2018 el pedido de extinción de la acción penal por la causa de conciliación y solicitó al juzgado que prosiga la investigación. Sobre lo último, la fiscala adjunta propuso la realización de un total de 18 diligencias. En este punto cabe resaltar que Cano no había hecho ningún acto investigativo, más que la testifical a la denunciante antes de ordenar la detención de Panniello.

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Entre las diligencias investigativas se incluían la toma de declaraciones de las personas involucradas, como la esposa de Ciro Panniello, de la escribana y varios funcionarios que tenían conocimiento de los hechos, así como solicitud de informes a la Aduana, a la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) -hoy Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT)-, así como a la Abogacía del Tesoro, es decir, averiguaciones iniciales de carácter patrimonial para someter análisis y construir la teoría del caso.

Al respecto, la fiscala Sonia Sanguinés señala en la imputación por persecución de inocentes contra Stella Mary Cano que “conforme a la experiencia y preparación de la agente fiscal debió realizar atendiendo los hechos denunciados y los tipos penales (Estafa y Lesión de Confianza)”.

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Luego en junio de 2019 fue designado el fiscal Óscar Delfino para continuar la investigación y es él, quien luego de agotar las instancias, “solicitó la desestimación de la denuncia por no existir hecho punible”. Finalmente el caso fue desestimado en febrero de 2021.

Todo esto dejó al desnudo que la fiscala Stella Mary Cano no realizó ninguna diligencia y hace presumir a la Fiscalía que se habría prestado para coaccionar a un ciudadano extranjero en aparente connivencia con la denunciante.