Los recursos extraordinarios de casación promovidos por las defensas de Justo Rubén Ferreira Servín, directivo de la empresa Imedic SA; y los fiscales Diego Arzamendia y Francisco Cabrera fueron declarados inadmisibles por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por la ministra Carolina Llanes y los camaristas Belén Agüero y Agustín Lovera Cañete.
Tanto la defensa como los agentes del Ministerio Público plantearon casación en contra del Acuerdo y Sentencia N° 13 del 5 de julio de 2024, dictado por el Tribunal de Apelación Penal, Primera Sala, de la Capital; que a su vez había ratificado la Sentencia Definitiva N° 551 del 5 de diciembre de 2023, dictada por un Tribunal de Sentencia Especializado en Delitos Económicos.
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La Sala Penal concluyó que los agravios expuestos, tanto por los abogados defensores Marcio Battilana y José Dos Santos, como por los agentes fiscales, apuntan al fallo condenatorio dictado por los jueces Elsa García Hulskamp (presidenta del tribunal), Yolanda Morel de Ramírez y Juan Pablo Mendoza; cuando debían ser respecto a los fundamentos del A y S N° 13, que ratificó la sentencia de primera instancia.
Con esta decisión del máximo tribunal queda firme la condena a 3 años de cárcel para Justo Ferreira Servín, por ingresar al país de contrabando 50 camas hospitalarias eléctricas al inicio de la pandemia por covid 19, en abril de 2020; y la absolución de su hija Patricia Ferreira Pascottini, el despachante de Aduanas Carlos Gamarra y los funcionarios de Aduanas Guillermo Andrés Molinas Camp y Gustavo Acosta Acosta.
Contrabando de insumos chinos en pandemia
En el juicio oral quedó probado que en el marco de la emergencia sanitaria por el covid-19, la empresa Imedic SA debía proveer al Ministerio de Salud Pública mascarillas con filtro por G. 33.660.000.000, trajes para riesgos biológicos por G. 14.080.000.000, camas manuales para pacientes por G. 212.500.000, por un total de G. 47.952.500.000.
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El 18 de abril de 2020 arribaron a nuestro país no solamente las 400 camas solicitadas, sino 450, y la cantidad excedente (50) eran camas de alta gama (eléctricas) que no estaban previstas en los papeles. Para ello, el despachante Carlos Gamarra utilizó la Guía Aérea HKGA008325, comprobada como no auténtica.

“Estas mercaderías salieron el 21 de abril de 2020 de los depósitos de la Dinac, fuera de la zona primaria aduanera e ingresaron al territorio de la República del Paraguay sin contar con al documentación legal correspondiente ya que la autorización de la Dinavisa por las 50 camas hospitalarias eléctricas fue dada recién en fecha 05 de mayo del 2020, es decir, 14 días después de su despacho…”, resalta parte de la S.D N° 551.
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Actualmente la presidenta de Imedic Patricia Ferreira Pascottini afronta otro juicio oral y público junto a la directora de la firma Nidia Godoy y el despachante de Aduanas Néstor Ramírez, por la presunta compra irregular de medicamentos oncológicos en el marco de la lucha contra el Covid-19.
Hija de Justo Ferreira, condenada en otra causa contra Imedic
El segundo juicio oral y público por el caso Insumos Médicos SA finalizó el 31 de octubre de 2024, con la condena de Patricia Ferreira Pascottini y Nidia Godoy, presidenta y directora de Imedic, respectivamente, a 4 años de pena privativa de libertad por haber fraguado documentos para el ingreso de medicamentos oncológicos de contrabando al país. Por su parte, el despachante de aduanas Néstor Ramírez fue absuelto.
El Tribunal de Sentencia presidido por Laura Ocampo e integrado por Cándida Fleitas y Fabián Weisensee declaró probada parcialmente la acusación presentada por los fiscales Luz Guerrero y Néstor Coronel, de la Unidad Especializada en Delitos Económicos y Anticorrupción (UDEA).

En consecuencia, Patricia Ferreira y Nidia Godoy fueron condenadas por los hechos de producción de documentos no auténticos y comercialización de medicamentos no autorizados. En cuanto al hecho de asociación criminal, para el colegiado de sentencia no fue probado, por lo que absolvió a ambas directivas de Imedic SA.
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Este fallo de primera instancia fue confirmado el 31 de marzo de 2025 por el Tribunal de Apelación en lo Penal, tercera sala, integrado por los camaristas José Waldir Servín, Cristóbal Sánchez y Delio Vera Navarro.
