La Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó, en forma unánime durante su sesión ordinaria de hoy, la propuesta del movimiento de los abogados Juan Sosa Bareiro y Juan Bueno Jara, del “Unión Gremial”, para trasladar 70 mesas de votación a un solo local el 28 de noviembre, en el marco de las elecciones del gremio de abogados para designar representantes ante el Consejo de la Magistratura (CM).
La propuesta del movimiento gremial refería el traslado de las 70 mesas de votación habilitadas en Asunción y Central -20 en la sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TJSE) y 50 en la sede de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA)- al Colegio Nacional de la Capital (CNC).
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El titular de la Corte, ministro Alberto Joaquín Martínez Simón, alegó “en primer lugar no tenemos constancia del soporte técnico que pueda brindar el Tribunal Superior de Justicia Electoral”, en cuanto al traslado de las máquinas de votación al referido local para los comicios.

La propuesta de “Unidad Gremial” también señalaba que centralizar las 70 mesas de votación en el CNC podía resultar beneficioso, porque está sobre una avenida de fácil acceso como es la de Eusebio Ayala, sin embargo, Martínez Simón señaló que el TSJE se encuentra sobre la misma vía y la Facultad de Derecho-UNA, también pues está a pocos metros de la avenida Santísima Trinidad.
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Sobre el punto de la inclemencia climática, el presidente de la Corte también refirió que las sedes del TSJE y la universitaria tienen espacios techados, por lo que no resultaba factible. A ello sumó que “la designación de los locales de votación es el resultado de un largo trabajo técnico con el TSJE, que posibilitó la habilitación de locales electorales en el país”.
Locales dispuestos para las elecciones de abogados para el CM
A través de la Resolución TSJE N° 196, la autoridad electoral dispuso la habilitación de dos sedes correspondientes a Asunción y Central de cara a los comicios del sábado 28 de noviembre.
Una es la sede del Tribunal Superior de Justicia Electoral con 20 meses y la otra, es la de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Asunción (UNA) con 50 mesas habilitadas.
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El TSJE habilitó como sedes de votación en:
- Concepción y Alto Paraguay - Palacio de Justicia de Concepción - 6 mesas
- San Pedro – Palacio de Justicia de San Pedro – 5 mesas
- Cordillera – Palacio de Justicia de Caacupé - 12 mesas
- Guiará – Palacio de Justicia de Villarrica – 5 mesas
- Caaguazú – Palacio de Justicia de Coronel Oviedo – 15 mesas
- Caazapá – Palacio de Justicia de Caazapá - 3 mesas
- Itapúa – Palacio de Justicia de Encarnación - 15 mesas
- Misiones – Palacio de Justicia de San Juan Bautista – 6 mesas
- Paraguarí – Palacio de Justicia de Paraguarí - 10 mesas
- Alto Paraná – Palacio de Justicia de Ciudad del Este – 30 mesas
- Ñeembucú – Palacio de Justicia de Pilar – 3 mesas
- Amambay – Palacio de Justicia de Pedro Juan Caballero – 10 mesas
- Canindeyú – Palacio de Justicia de Saltos del Guairá - 4 mesas
- Presidente Hayes – Palacio de Justicia de Villa Hayes – 5 mesas
- Boquerón – Palacio de Justicia de Filadelfia – 1 mesa
Más de 41.000 abogados podrán elegir representante para el CM
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), a través de su Secretaría General, realizó el pasado 9 de junio la comunicación oficial y remisión al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), del padrón definitivo con los abogados habilitados para la elección de dos representantes del gremio en el Consejo de la Magistratura (CM).

En el listado de profesionales del derecho que podrán ejercer su derecho al voto figuran en total 41.282 abogados que el próximo 28 de noviembre elegirán a quiénes los representarán ante el órgano extra poder. Cabe señalar que cada abogado podrá votar una sola vez y deberá hacerlo en una de las circunscripciones electorales habilitadas para ello.
¿Qué es el Consejo de la Magistratura?
El Consejo de la Magistratura (CM) es un órgano extra poder, cuya integración está establecida en la Constitución Nacional (CN).
En ese sentido, por el artículo 262 de la ley suprema de la República del Paraguay, este órgano se conforma por un miembro de la Corte Suprema de Justicia, un representante del Poder Ejecutivo; un Senador y un Diputado; dos abogados de la matrícula, nombrados en elección directa.
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También lo integran, un profesor de las facultades de Derecho de la Universidad Nacional, y un profesor de las facultades de Derecho de las Universidades privadas.
En tanto que, por el artículo 264 de la Constitución, se señala cuáles son los deberes y las atribuciones del CM. Este refiere que tiene la facultad de “proponer las ternas de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en la idoneidad, con consideración de méritos y aptitudes, y elevarlas a la Cámara de Senadores para que los designe, con acuerdo del Poder Ejecutivo”.
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También es el encargado de “proponer en ternas a la Corte Suprema de Justicia, con igual criterio de selección y examen, los nombres de candidatos para los cargos de miembros de los tribunales inferiores, los de los jueces y los de los agentes fiscales y también defensores públicos”.
