La jueza penal de garantías especializada en Crimen Organizado Rosarito Montanía rechazó vía AI N° 327 el recurso de reposición planteado contra la providencia del 21 de octubre de este juzgado por el abogado Rodrigo Álvarez, quien ejerce la defensa de Alberto Koube Ayala, su esposa Patricia Noemí Rodríguez Ojeda y la hermana del primero Fátima Koube Ayala, en A Ultranza.
Tras la resolución de la magistrada, ahora el recurso debe ser analizado subsidiariamente por un Tribunal de Apelación.
La defensa de los hermanos Alberto y Fátima Koube y Patricia Rodríguez señaló que ya en la imputación N° 2 del 23 de febrero de este año, el fiscal Deny Yoon Pak había imputado a los hermanos por el hecho punible de lavado de dinero según lo establecido en el artículo 44° de la Ley 1.340/88 De Drogas.
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Hechos de febrero y octubre, señalados por la defensa
El abogado Rodrigo Álvarez destacó que en la imputación de febrero la Fiscalía atribuyó a Fátima Koube que, en carácter de hermana de Alberto Koube, “formó parte de las empresas que conforman el Grupo Tapyracuai SA y, en tal sentido, realizó gestiones dentro de las empresas de Alberto Koube”.
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La participación de la mujer era con el fin de asegurar a su hermano “el disfrute de los beneficios que el citado obtenía de la organización criminal, a cambio de la circulación de capitales dentro de las firmas comerciales representadas por Alberto, entre otras Aresa, destinada a la producción de aceites de soja”.
Además, tenían registradas la marca “Marset” a nombre de Aresa. La misma coincide con Sebastián Enrique Marset Cabrera, considerado el líder de una mega organización criminal dedicada el envío de toneladas de cocaína a los continentes Europa y África. Este colideraba el grupo con Miguel Ángel Insfrán Galeano, alias Tío Rico.
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En la imputación N° 14, de octubre último, el fiscal Deny Yoon Pak agregó hechos complementarios en relación a Fátima Koube Ayala, a quien atribuyó gestiones ante la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi), con el fin de poner en funcionamiento la aceitera Aresa.
Para dichas diligencias, Fátima Koube contrató al gestor Cristhian David Vaesken Bogarín, a quien citó el 7 de mayo de 2021, en la oficina ubicada en el edificio World Trade Center, torre 3, quinto piso, “ocasión en que le entregó los documentos para el registro de marcas, con 50% del presupuesto total de G. 5.200.000, pagados mediante cheques, con alta probabilidad del banco Interfisa”.
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Defensa habla de doble juzgamiento
El abogado Rodrigo Álvarez destacó que “correspondía el llamado a una nueva audiencia de declaración indagatoria y no la presentación de una nueva imputación”, en el caso de que la Fiscalía contara con nuevos hechos dentro de la pesquisa.
“Hay que entender que cualquier ‘nueva imputación’ y al retrotraer totalmente el procedimiento a la etapa inicial se está dando lugar a lo que en doctrina se conoce como doble juzgamiento, prohibido expresamente por la normativa vigente”, refirió en su fundamentación el abogado de la defensa.
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Agregó que, en esta imputación, el fiscal “se limitó a ampliar los fundamentos de su imputación con los elementos colectados en la etapa preparatoria que debería haber abordado en una eventual acusación, pero en definitiva se trata de los mismos hechos o conductas derivadas de la citada relación fáctica ya presentada en el mes de febrero del año 2022″.
En otro apartado, refirió que el agente del Ministerio Público “pretende obtener en forma irregular, ilegal y arbitraria un plazo nuevo de investigación de 6 meses en principio que podrían llegar a ser 12 meses, puntualizando que dicha investigación siempre versara sobre los mismos hechos”.
Por su parte, el fiscal Deny Yoon Pak respondió que el Ministerio Público “formuló correctamente el acta de imputación por la porción de hecho considerado como nuevo, ya que, si bien las conductas se subsumen en los tipos penales ya atribuidos en la imputación anterior, versa sobre una hipótesis fáctica distinta” y, en tal sentido, la Fiscalía cumplió con las normas.
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Magistrada fundamentó su rechazo
La jueza Rosarito Montanía, por su parte, analizó y concluyó que “en contrapartida a lo que la defensa afirma, la nueva imputación versa sobre una hipótesis fáctica distinta, de que Alberto Koube Ayala, junto con su esposa Patricia Noemí Rodríguez Ojeda, habrían utilizado el dinero ilícito de Sebastián Marset (proveniente del narcotráfico) para la realización de inversiones y con ello convertir dicho dinero obtenido ilegalmente en fondos que parezcan ser legítimos”.
“Es decir, nos encontramos ante una porción fáctica diferente a la descripta en la primera imputación que fue presentada en fecha 23 de febrero de 2022, por lo que no se puede sostener que los hechos juzgados son los mismos, descartándose de este modo un doble juzgamiento (non bis in idem)”, agregó la magistrada.
