Caso Navis: ratifican penas por narcotráfico a miembros de red que operaba en Cordillera

Ubicación de la granja de la esposa de Fernando Balbuena, ubicada en la urbanización Capilla Loma 2 de Eusebio Ayala, departamento de Cordillera, intervenida durante la operación contra el narcotráfico Navis (2022).
Ubicación de la granja de la esposa de Fernando Balbuena, ubicada en la urbanización Capilla Loma 2 de Eusebio Ayala, departamento de Cordillera, intervenida durante la operación contra el narcotráfico Navis (2022).ABC Color

Un Tribunal de Apelación confirmó la sentencia por la que seis personas -entre ellos un exdirector de la cárcel de Tacumbú- fueron condenadas a penas de entre 7 y 16 años por narcotráfico, en mayo pasado, en el caso Navis. Se trata de la estructura liderada por Fernando Enrique Balbuena Acuña, hijo de un exparlamentario liberal, anulada el 9 de enero de 2022.

El fallo condenatorio contra Fernando Enrique Balbuena Acuña, hijo del exdiputado Elvis Ramón Balbuena (PLRA), el exdirector de la cárcel de Tacumbú Julio Acevedo Haurón y otros integrantes de la estructura anulada en 2022 mediante la conocida operación contra el narcotráfico Navis, fue ratificado por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción, segunda sala.

La decisión se dio a conocer a través del Acuerdo y Sentencia (A.yS.) N° 22, firmado por los camaristas Paublino Escobar, Camilo Torres y Arnulfo Arias.

Por unanimidad, los camaristas confirmaron las penas dictadas por el Tribunal de Sentencia Especializado en Crimen Organizado, presidido por Federico Rojas e integrado por María Luz Martínez y Dina Marchuk, a través de la Sentencia Definitiva (SD) N° 202 del 18 de mayo de 2026.

Dentro del referido caso judicial,Fernando Enrique Balbuena Acuña (39), alias Herrero, Riki o Guerrero, fue condenado a 16 años de pena privativa de libertad, por los hechos punibles de tráfico internacional de estupefacientes y comercialización de drogas por la Ley N° 1.340/88 y asociación criminal por el Código Penal.

Junto con Balbuena Acuña -considerado líder del grupo criminal- fueron sentenciados a 15 años de cárcel Reinaldo David Delvalle Mendoza (31) y al exdirector de Tacumbú Julio Antonio Acevedo Haurón (65), mientras que el hijo de este último, Julio Alejandro Acevedo Spaini (42), fue condenado a 12 años de encierro, al igual que el ucraniano Viktor Melnyk (52).

En el mismo juicio fue igualmente condenado el capataz del establecimiento utilizado para el acopio de la cocaína, Críspulo Monzón Acosta (50), quien recibió la pena de 7 años de cárcel por su complicidad en la tenencia de sustancias estupefacientes.

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Hombre de barba y pelo rizado, con camiseta celeste, frente a un mural de árboles en un ambiente interior.
Fernando Enrique Balbuena Acuña, condenado a 16 años por narcotráfico y otros hechos punibles más.

De hecho, contra la citada resolución judicial fue atacada por la totalidad de los condenados, quienes en sus respectivos escritos de apelación habían solicitado como solución que se declare la nulidad de la SD N° 2020 y por consiguiente la absolución de todos.

Ucraniano condenado pidió nulidad de fallo por falta de intérprete

El primero en accionar contra la SD N° 202 fue el ucraniano Víctor Melnyk, quien había solicitado la nulidad absoluta por asistencia idiomática ineficaz en juicio telemático. El mismo indicó al respecto que durante el proceso no fue asistido por un intérprete atendiendo que es un ciudadano extranjero.

Al respecto, el camarista preopinante Paublino Escobar sostuvo que, “conforme surge de la prueba producida y valorada por el Tribunal de Sentencia -en particular, las imágenes de circuito cerrado correspondientes a locales comerciales y al inmueble de la granja donde fue incautada la carga de 947 kilogramos de cocaína-, según los hechos probados, se observa al condenado conversando directamente con el coacusado Fernando Balbuena, sin que conste la intervención de intérprete alguno”.

El ucraniano Víctor Melnyk, cuando fue detenido por la SENAD en el operativo Navis.
El ucraniano Víctor Melnyk, cuando fue detenido por la SENAD en el operativo Navis.

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“La designación formal de intérprete fue en todo momento observada; la crítica de la defensa se dirige a la modalidad de su actuación, cuestión que, a falta de objeción oportuna y de acreditación de un perjuicio concreto, no alcanza a configurar una afectación sustancial de la defensa material que amerite la sanción de nulidad”, añadió Escobar.

Otro ataque del extranjero condenado por el caso Navis fue con relación a que la SD N° 202 “no describiría con precisión qué acto típico concreto ejecutó Melnyk, limitándose a mencionar reuniones con Fernando Balbuena”.

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Sobre ese punto, Escobar indicó que “la individualización de la conducta no exige la descripción aislada de cada acto ejecutado, sino la determinación del aporte funcional del imputado dentro del plan común, extremo que se encuentra satisfecho mediante los elementos probatorios reseñados, entre ellos la extracción de datos del teléfono del coacusado Balbuena, en la que se identifica al contacto ‘Putin’ como interlocutor en negociaciones ilícitas”.

Acusados pidieron la nulidad de la sentencia por ilegalidades procesales

El procesado Reinaldo Delvalle, a través de su abogado Pablo Reinerio Villalba López, cuestionó que “la investigación fue dirigida por la SENAD —órgano dependiente del Poder Ejecutivo, sin potestad investigativa autónoma según su ley orgánica”.

A ese planteamiento, el camarista Paublino Escobar respondió que “de las propias constancias reseñadas por la recurrente surge que la SENAD actuó en todo momento como órgano auxiliar y bajo dirección del Ministerio Público - que fue quien solicitó las autorizaciones judiciales de interceptación- y bajo control jurisdiccional del Juzgado Penal de Garantías competente, que autorizó y renovó periódicamente las medidas”.

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La cocaína que estaba acopiada en una granja de Eusebio Ayala, donde también cayó detenido el supuesto líder de la red, Fernando Balbuena.
La cocaína que estaba acopiada en una granja de Eusebio Ayala, donde también cayó detenido el supuesto líder de la red, Fernando Balbuena.

Por su parte, el abogado Elvis Balbuena, en representación de su hijo, el condenado Fernando Balbuena, atacó la cuestión de que la Fiscalía circunscribió la acusación a los artículos 27 (tenencia sin autorización de drogas), 44 (comercialización) y 42 (asociación criminal) por la Ley N° 1.340/88, solicitando la pena de 12 años. Sin embargo, el colegiado condenó por el art. 26 (tráfico internacional) y a 16 años.

Bajo el análisis del camarista Escobar, “el principio de congruencia exige identidad entre la plataforma fáctica acusada y la juzgada, no entre la calificación jurídica postulada en cada etapa del proceso y la finalmente aplicada por el juzgador”.

En tal sentido, sostuvo Paublino Escobar que “convertir el monto de pena solicitado por el fiscal en un techo insuperable para el juzgador equivaldría a trasladar al Ministerio Público el ejercicio de una función de determinación de la pena que ni la Constitución Nacional ni el Código Penal le asignan, y que compete, precisamente por razones de imparcialidad, a quien no ejerce la pretensión punitiva”.

Fallo se dio fuera de plazo y no hubo descripción de la conducta, dicen

Por una parte, el exdirector penitenciario Julio Acevedo Haurón y su hijo Julio Acevedo Spani, bajo representación de la abogada Sun Young Bang, señalaron como supuesto error procesal que el tribunal “computó erróneamente el inicio del plazo de duración máxima del procedimiento desde la notificación del acta de imputación (11 de enero de 2022), cuando en realidad debió computarse desde el AI N° 227 de fecha 7 de junio de 2021, que autorizó la interceptación telefónica de su representado. Ello implicaría un plazo omitido de 7 meses y 2 días”.

En respuesta a ese recurso, Paublino Escobar expuso que “computado el plazo desde la notificación del acta de imputación (11 de enero de 2022), sumados los 4 años previstos en el art. 136 del CPP, más los 103 días de suspensión debidamente documentados en autos por incidentes y recursos promovidos por las defensas, y adicionado el período de suspensión generado por la prórroga extraordinaria, la acción penal se encontraba vigente al momento de dictarse sentencia”.

Agentes de la Senad y del Ministerio Público contabilizaban los paquetes de cocaína hallados.
Agentes de la Senad y del Ministerio Público contabilizaban los paquetes de cocaína hallados.

En tanto que, el capataz de Fernando Balbuena, Críspulo Monzón, bajo patrocinio del abogado Christian Meza, sostuvo que el fallo condenatorio “omitió describir la conducta individual, autónoma y dolosa de su asistido, y que el Tribunal asumió dogmáticamente que, por el solo hecho de encontrarse físicamente en el inmueble en calidad de capataz, poseía pleno conocimiento, dolo y dominio del hecho”.

Sobre ese cuestionamiento, para el camarista Escobar, con base a los datos del expediente, Críspulo Monzón dentro del esquema investigado en el “Caso Navis” no se limitó a una presencia pasiva o meramente laboral, sino que consistió concretamente en desempeñarse como capataz de la granja encargado de custodiar la carga de cocaína incautada el 8 de enero de 2022″.

Y añadió al respecto que, “custodiar implica necesariamente vigilar y proteger algo determinado; mal puede sostenerse el desconocimiento del objeto custodiado por quien fue designado específicamente para asegurar su resguardo”.

Caso Navis desmanteló la red de narcotráfico internacional

Datos obtenidos por el Ministerio Público y la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) daban cuenta de la existencia de una organización criminal dedicada al tráfico internacional de drogas, específicamente cocaína, que funcionaba en nuestro país, en la cual estaban involucrados paraguayos y un ucraniano.

El grupo paraguayo actuaba en coordinación con organizaciones extranjeras, siendo el primero el encargado de recibir las cargas en suelo nacional, puntualmente en la ciudad de Arroyos y Esteros para su posterior traslado a Eusebio Ayala, donde eran acopiadas para su remisión al exterior con productos lícitos, contaminados con la droga, siendo el destino final Europa.

Siguiendo el esquema descrito, el 8 de enero de 2022, el grupo supuestamente dirigido por Fernando Balbuena recibió un cargamento en un predio de Arroyos y Esteros, que se habría concretado con dos vuelos irregulares, y para su posterior exportación se planificó la adquisición de empresas constituidas y modificarlas a fin de no levantar sospechas, para enviar la droga “contaminando” los contenedores con productos lícitos.

Es así que Fernando Balbuena, durante el tiempo de operación, actuó en concierto con varias personas, siendo el organizador de las actividades a llevar a cabo para concretar los negocios, tanto de recepción en Paraguay como el envío al exterior de sustancias., El mismo llevaba realizando dichas actividades desde el 2019., siempre de acuerdo con la acusación.

Cuñado de Fernando Balbuena hacía los trabajos importantes para el grupo

Balbuena también era dueño de una granja en Eusebio Ayala, que fue acondicionada para ocultar el cargamento de sustancias estupefacientes según la acusación.

Para todas las actividades, Balbuena se valió de colaboradores como Reinaldo David Delvalle Mendoza, su cuñado y persona de confianza, quien se encargó del trabajo de logística, así como la recepción de cargas para su traslado a los puntos establecidos e indicados por Fernando Balbuena, siempre según los hechos probados en juicio.

Reinaldo David Delvalle Mendoza, cuñado de Fernando Enrique Balbuena, también condenado por el caso Navis.
Reinaldo David Delvalle Mendoza, cuñado de Fernando Enrique Balbuena, también condenado por el caso Navis.

El 20 de noviembre de 2021, Reinaldo Delvalle trasladó a dos hombres quienes a través de un vuelo irregular debían mover la carga. Sin embargo, estos sufrieron un accidente, por lo que fueron auxiliados por Delvalle. También, el 8 de enero de 2022 transportó bidones de combustible de aviación para reabastecer a las aeronaves que introdujeron la cocaína desde Bolivia hasta Arroyos y Esteros.

Relación de Fernando Balbuena con el ucraniano Viktor Melnyk

Otro de los integrantes relevantes de la organización, siempre según el Ministerio Público, es Viktor Melnyk, alias Putin o Ruso, con quien Balbuena se reunió en varias ocasiones y a quien se le asignó la tarea de contactar con personas del extranjero interesadas en adquirir el producto, además de trazar las rutas y la logística necesaria para el envío los cargamentos desde Sudamérica a Europa.

Para la remisión de los cargamentos, la red criminal utilizó las terminales portuarias, en virtud a presuntos vínculos que Melnyk tenía en diferentes países, ya que habría trabajado y vivido en España, por ejemplo, como también habría viajado a varios países europeos y americanos.

El 18 de agosto de 2021, Fernando Balbuena y Reinaldo Delvalle se reunieron con Melnyk en el Shopping Pinedo de San Lorenzo a fin de concretar las negociaciones respecto al envío de cargamentos de sustancias al extranjero. El 30 de agosto de 2021, se reunieron nuevamente en el mismo lugar.

Además, se tiene información de que Fernando Balbuena logró remitir con éxito un cargamento de estupefacientes al exterior, pero que logró cobrar por él, por lo que se sirvió de los contactos de Melnyk, para que este último actúe como nexo para procurar el cobro de ese dinero.

Exdirector de Tacumbú colaboró con el grupo de Fernando Balbuena

El grupo de Balbuena creció y, en ese marco, contactó con Julio Antonio Acevedo Haurón –condenado por su complicidad en hechos relacionados a pornografía infantil dentro del penal de Tacumbú cuando ocupaba el cargo de director del recinto–, quien captaba colaboradores para la estructura y constituía empresas ficticias, a través de las cuales se enviaba la sustancia.

Julio Acevedo Haurón, exdirector de Tacumbú (hoy Centro Nacional de Prevenidos), que fue condenado como parte de la estructura de Fernando Balbuena.
Julio Acevedo Haurón, exdirector de Tacumbú (hoy Centro Nacional de Prevenidos), que fue condenado como parte de la estructura de Fernando Balbuena.

En esas funciones, Julio contactó con su hijo Julio Alejandro Acevedo, el 28 de diciembre de 2021, para convencerlo de que forme parte de la red en la función de transportista.

Como presuntos colaboradores de la estructura se tiene el dato de que el 7 de enero Julio Alejandro recogió una importante carga de droga de una pista clandestina en Arroyos y Esteros y la llevó hasta la granja de Eusebio Ayala, perteneciente a Bárbara Larissa Delvalle Mendoza, esposa de Balbuena.

La palabra Navis, que se le dio a la investigación, proviene del latín y hace referencia a una embarcación, transporte precisamente que era utilizado por la estructura de Fernando Enrique Balbuena Acuña para la remisión vía fluvial de sustancias estupefacientes al exterior.