Senadores opositores presentan libelo acusatorio para expulsar a Erico Galeano

Sesión del Senado Nacional, Fotos: Claudio Ocampo,  30-09-2024. Erico Galeano
Erico Galeano (sentado / centro) participando de la Sesión del Senado Nacional. Fotos: Claudio Ocampo, 30-09-2024. Erico Galeano Claudio Ocampo

Senadores opositores presentaron el libelo acusatorio contra Erico Galeano (ANR, HC), quien pese a estar condenado a 13 años de cárcel por lavado de dinero y asociación criminal, sigue protegido por el cartismo. Los legisladores exigen convocar a sesión extraordinaria en la Cámara Alta y formalizar su expulsión del Congreso. El Senado ya le retiró el permiso “sine die”, pero Honor Colorado espera que Galeano renuncie, lo que la defensa del condenado descartó por ahora.

El libelo acusatorio fue presentado por senadores opositores quienes urgieron al titular de la Cámara de Senadores, Basilio “Bachi” Núñez (ANR, HC) dar el trámite correspondiente establecido en el Artículo 201 de la Constitución Nacional y en el Reglamento Interno.

Piden por ello convocar a sesión extraordinaria para el tratamiento y declarar la pérdida de investidura de Erico Galeano, cuya condena fue ratificada en segunda instancia, por las causales del Artículo 201 de la Constitución Nacional.

Resaltan que la permanencia en el Senado de un senador con dos sentencias por lavado de activos y asociación criminal compromete al mismo tiempo la dignidad del Poder Legislativo y la credibilidad de las instituciones democráticas.

Agregan que esto también compromete el compromiso del Estado paraguayo en la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, así como el principio republicano de probidad en el ejercicio de la función pública.

En dicho contexto, el abogado Ricardo Estigarribia, representante legal de Galeano, afirmó que “por el momento” su cliente no renunciará a su banca en el Senado. A su turno, los cartistas anunciaron que recién la semana entrante presentarán su libelo acusatorio si su colega condenado no renuncia antes.

Proyecto de resolución de senadores opositores para expulsar a Erico Galeano (ANR, HC), condenado por lavado y asociación criminal.
Proyecto de resolución de senadores opositores para expulsar a Erico Galeano (ANR, HC), condenado por lavado y asociación criminal.

Hechos probados, afirman

En los hechos presentados en el libelo acusatorio, los opositores señalan que el 4 de marzo de 2026, el Tribunal de Sentencia Especializado en Crimen Organizado condenó a Galeano Segovia a 13 años de pena privativa de libertad por los hechos punibles de lavado de activos y asociación criminal, en el marco del Operativo “A Ultranza Py”.

Agregan que el 4 de mayo de 2026, la Segunda Sala del Tribunal de Apelación en lo Penal Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción confirmó por unanimidad la referida sentencia. “Existen, por tanto, dos sentencias contestes que han declarado probada la responsabilidad penal del senador Galeano”, indicaron.

Agregan que entre los hechos comprobados por ambos fallos judiciales son de particular gravedad que el senador recibió importantes sumas de dinero provenientes de actividades ilícitas y las utilizó en beneficio propio y de empresas vinculadas a su persona, entre ellas el Club Deportivo Capiatá.

Sostienen además que quedó comprobado que en 2020 vendió una propiedad en Altos por un millón de dólares en efectivo a un intermediario vinculado a Miguel Ángel Insfrán, alias “Tío Rico”.

Finalmente resaltan que la Fiscalía probó que prestó una aeronave de su propiedad para facilitar traslados de Sebastián Marset, Miguel Ángel Insfrán y otros miembros de la organización criminal dentro del territorio nacional.

Esquema de vínculos de Erico, Tío Rico y Marset.
Esquema de vínculos de Erico, Tío Rico y Marset.

“Estas conductas configuran una participación activa en una estructura criminal transnacional, con utilización de recursos y posición de poder derivados de su investidura parlamentaria”, remarcaron.

Los impulsores señalan que la conducta de Galeano se encuadra en las causales de pérdida de investidura previstas en el Artículo 201 de la Constitución Nacional, que establece que “Los senadores y diputados perderán su investidura, además de los casos ya previstos, por las siguientes causas: 1. la violación del régimen de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en esta Constitución, y 2. el uso indebido de influencias, fehacientemente comprobado."

Señalan que la causal principal es el numeral 2 del Artículo 201: el uso indebido de influencias fehacientemente comprobado.

“Las dos sentencias judiciales definitivas en segunda instancia constituyen prueba plena de que el senador utilizó su investidura y posición pública para favorecer y beneficiarse de una organización criminal”, añadieron.

Sostienen también que, adicionalmente, la conducta es incompatible con el régimen establecido en los Artículos 196 (incompatibilidades) y 197 (inhabilidades) de la Constitución Nacional.