Buscan excluir a progenitores morosos en permisos de viajes y multar a tutores por “bully”

Lizarella Valiente (ANR, HC). Foto gentileza del Senado.
Lizarella Valiente (ANR, HC). Foto gentileza del Senado.

Comisiones del Senado analizan un proyecto de ley para excluir la firma del padre en los permisos de viajes al exterior, si el progenitor incumple la pensión alimenticia o está inscripto en el REDAM. También avanza el estudio del proyecto para multar a los padres de los “bullys” que hagan acoso escolar.

La Comisión de la Niñez de la Cámara de Senadores, órgano asesor presidido por Lizarella Valiente (ANR, HC) analizó dos proyectos de ley presentados por la citada legisladora.

El primero es el proyecto de ley “Que modifica el artículo 100 de la ley n° 1680/2001 ‘Código de la niñez y la adolescencia”, para facilitar el permiso del menor a viajar al exterior si el padre incumple el deber de la pensión alimenticia, tenga la patria potestad suspendida o esté inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam).

Al ser entrevistada, Valiente señaló que cuando los padres están separados, para estos permisos se requiere de la firma de ambos progenitores. Sin embargo, en el caso de que el padre o la madre incumpla su responsabilidad en la prestación de alimentos, el otro progenitor no requerirá “de la firma del irresponsable o la irresponsable”.

Valiente indicó que también avanza el estudio de su proyecto para reformar y derogar la ley N° 4633/2012 una nueva norma contra el acoso y el ciberacoso escolar. Propone castigos al acosador o “bully” como servicio comunitario de limpieza, así como multas a los padres. Se impone que los progenitores paguen el tratamiento psicológico de las víctimas y que las instituciones sufran suspensiones.

Para la parlamentaria, “los padres también son responsables a la hora de que un menor agreda a otro menor”. “Los padres son los primeros responsables ante sus hijos y estas sanciones van, obviamente, en hacer terapias de reeducación conductual para con sus hijos. Así también y obviamente si el daño es superior e involucra también la integridad física, eso ya rige con el código penal civil”, aseveró.