Peculiar enjuiciamiento a juez ausente de despacho por una invasión de abejas

Antes del 18 de octubre, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) debe emitir su fallo con relación al juez de Paz Miguel Ángel Castillo. Fue enjuiciado porque abandonó su despacho, en el Chaco, por una invasión de abejas. El fiscal del JEM pide sanción de apercibimiento.

El juez Miguel Castillo Ruiz (d.), con su abogado patrocinante Gerónimo Abraham González, en la audiencia de alegatos finales en el JEM.
El juez Miguel Castillo Ruiz (d.), con su abogado patrocinante Gerónimo Abraham González, en la audiencia de alegatos finales en el JEM.Gentileza

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Un caso bastante insólito tiene en sus manos el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM). Se trata de un enjuiciamiento por causa de abandono de despacho del Juzgado de Paz atribuido al juez Miguel Ángel Castillo Ruiz, de la localidad chaqueña de Puerto Guaraní, Alto Paraguay.

Lo peculiar de este caso tratado en el Jurado es que el abandono de despacho acusado como causal de enjuiciamiento, se debe a una invasión de abejas, de una colmena que se instaló frente a la entrada al Juzgado.

El juez de Paz Castillo Ruiz, alegó que es alérgico a las picaduras de abejas, y que por este motivo, en marzo de 2020, fue hospitalizado por 4 días en un nosocomio en Fuerte Olimpo.

Atiende las 24 horas

En los alegatos finales, el juez Castillo Ruiz manifestó que le enjuician por no estar en su juzgado en el momento de la presencia de una comitiva judicial, por una denuncia que él mismo realizó.

Sin embargo, dijo que como juez trabaja las 24 horas, sin importar el día.

Indicó que recibe las quejas y denuncias de los pobladores que acuden a su domicilio particular y que da soluciones a esos reclamos.

Reconoció que tiene temor a las picaduras de abejas, y que por ese motivo no estuvo en su juzgado. “Quiero vivir para servir a mi familia y a mi comunidad, en la brevedad también quiero jubilarme”, relató.

El juzgado de Paz anteriormente funcionó por 17 años en la vivienda del juez, hasta que se mudó a otro sitio.

También alegó que el día de la constitución de la comitiva judicial, se había fumigado el juzgado, con ayuda de los vecinos, para ahuyentar a las abejas.

Servicio de alfabetización

La misma Corte Suprema había destacado en su portal digital, el servicio de alfabetización que realiza el juez Castillo Ruiz, brindando este aporte a los jóvenes y adultos de la comunidad de Puerto Guaraní.

“A lo largo de los años el juez Castillo alfabetizó a más de 400 adultos, con lo cual puede afirmarse que, efectivamente, ha cambiado la vida de todas esas personas; demostrando una gran sensibilidad social y preocupación por sus semejantes, ya que ha ido más allá de sus obligaciones como magistrado, adentrándose en las necesidades de su comunidad”, se lee en el portal digital del Poder Judicial del 19 de mayo de 2022, bajo el título de “Un juez que cambió vidas”.

Fiscal del JEM solicitó aplicar el apercibimiento

El fiscal acusador del JEM, Abg. Celso Ayala, solicitó en sus alegatos finales la sanción de apercibimiento para el juez Castillo Ruiz. Alegó que hubo algunas inconsistencias en los alegatos como que del colmenar se habían extraído unos 20 a 25 litros de miel. Sin embargo, cada abeja produce apenas una cucharadita de miel, y las mismas viven solamente por espacio de 4 a 6 semanas, indicó.

Ayala asimismo dijo que tampoco se demostró que la presencia de las abejas haya impedido el funcionamiento del Juzgado. También la denuncia de irregularidades en el Juzgado, realizado por el juez, no hizo constancia de la presencia de abejas, refirió.

Plazo para sentenciar es el 18 de octubre

Según las averiguaciones realizadas en el Jurado, éste órgano tiene tiempo hasta el 18 de octubre próximo para emitir su fallo ya que en esta fecha se cumplirán los 180 días que tiene para pronunciarse, según dispone la Ley N° 6814/2021, que rige para el JEM.

Integran el JEM su presidente el diputado Orlando Arévalo, el vicepresidente 1° diputado Alejandro Aguilera, el vicepresidente 2° senador Mario Varela, los miembros ministros de Corte Manuel Ramírez Candia y César Antonio Garay Zuccolilo, el senador Hernán David Rivas, y los abogados Oscar Paciello Samaniego y Alfredo Enrique Kronawetter.

Sumariado por denuncias que realizó

El juez Castillo Ruiz indicó que es verdad que tiene un horario para hacer oficina de 07:00 a 13:00.

Aclaró que el informe elevado a los responsables de la Circunscripción Judicial de Alto Paraguay, revelaban las averías de los acondicionadores de aire, de los focos quemados, de los baños en mal estado y precisamente a la invasión de abejas, indicó el juez.

Para constatar esta denuncia de deficiencias en la sede del juzgado es que el 27 de enero de 2022, se constituyó al local de Puerto Guaraní, la presidente de la Circunscripción Judicial de Alto Paraguay Abog. Mirian Elizabeth Giménez Fernández.

La titular de esta Circunscripción labró un acta en la que especificó que el único que se encontraba prestando servicios en dicho Juzgado fue el funcionario Federico Antonio Chamorro Vera, ujier notificador,

No se encontraban en el juzgado el magistrado Abg. Miguel Ángel Castillo - juez de Paz de Puerto Guaraní, como así tampoco los funcionarios, Teodoro Cuellar (secretario del Juzgado de Paz), y los auxiliares de servicios generales Selso Gutiérrez y Anicia Vera.

Los citados no contaban con ningún permiso ni autorización de la presidente para ausentarse del Juzgado en horario laboral, indicó el acta.

Este informe de Giménez Fernández, dio inicio a un sumario administrativo al juez y los demás funcionarios, y los antecedentes fueron remitido por la Corte Suprema al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

Absueltos del sumario en el Poder Judicial

Por Dictamen N° 807 del 4 de octubre de 2022, la Superintendencia General de Justicia resolvió absolver y archivar la investigación al juez Castillo Ruiz, así como a los demás funcionarios sumariados.

La conclusión del sumario indicó que en la investigación y de las constancias obrantes y ante las constancias de las pruebas producidas en el proceso sumarial, no surgen elementos de convicción que pudieran sostener la comisión de falta administrativa por parte de los sumariados”.

“Por tanto, es criterio de este Juzgado de Instrucción Sumarial recomendar, en estricto respeto a los principios de Responsabilidad y Presunción de Inocencia, rectores de nuestro Régimen Disciplinario, la absolución y el archivo del presente sumario administrativo”, argumentaron.

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