Expresidente de Resistencia, socio de esquema usurario de RGD, seguirá en prisión

El juez José Agustín Delmás Aguiar, nuevamente ratificó la prisión preventiva para Roberto Damián Garcete Rodríguez, expresidente del Club Resistencia, vinculado al esquema usurario de Ramón González Daher (RGD). De igual manera, el juez confirmó el arresto domiciliario para la esposa e hijo.

Roberto Garcete.
Roberto Damián Garcete Rodríguez, expresidente del Club Resistencia.ABC Color

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El juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, del segundo turno, José Agustín Delmás Aguiar, por Auto Interlocutorio (AI) N° 544 del 21 de diciembre de 2023, ratificó la prisión preventiva para Roberto Damián Garcete Rodríguez y el arresto domiciliario para su esposa Lida Concepción Cano de Garcete y el hijo de ambos Roberto Alejandro Garcete Cano, procesados por los hechos punibles de usura, lavado de dinero, asociación criminal y producción y uso de documentos no auténticos.

La causa penal está individualizada como “Roberto Damián Garcete Rodríguez y otros s/ lavado de dinero y otros”, Identificación N° 37-2021-9.

Argumentos de la defensa de Roberto Garcete para solicitar medidas

El abogado Christian Tuma Bogado solicitó a favor de Roberto Alejandro Garcete Cano, que el juzgado le otorgue permiso para trabajar mientras cumple su arresto domiciliario. El permiso se daría de lunes a viernes, en horario de la mañana, para que el imputado pueda cumplir sus funciones en el Club Resistencia.

El defensor pidió que el juzgado tenga en cuenta que es padre de una niña de 2 años de edad, que su núcleo familiar compuesto además por la madre de la menor, necesitan garantizar su subsistencia y que el imputado no está ni estuvo vinculado con otros hechos ilícitos.

En cuanto a Lida Concepción Cano de Garcete, el abogado Tuma refirió que solicita permiso, de lunes a viernes en horario de la mañana para prestar asistencia a su hija quien guarda reposo médico, para encargarse del cuidado de una niña recién nacida y de un niño de 3 años de edad, además de la venia para realizar los quehaceres de la casa.

Con relación a Roberto Damián Garcete Rodríguez, el defensor Tuma solicitó a favor de su cliente que se le sustituya su prisión preventiva por el arresto domiciliario, y para ello pidió tener en cuenta que el mismo podrá trabajar desde su domicilio de forma telemática y cumplir las diligencias necesarias para el cuidado y atención de su padre anciano.

También alegó que por medio de su trabajo, Garcete Rodríguez busca garantizar las subsistencias y asistencias básicas teniendo en cuenta que es cabeza de familia, tiene un padre anciano, una esposa que carece de empleo, de 2 hijos y que también posee nietos y actualmente no están pudiendo cubrir sus necesidades básicas.

Para garantizar la autorización peticionada y el cambio de prisión por el arresto domiciliario, Garcete Rodríguez ofreció como caución real los inmuebles, vehículos y las acciones de una sociedad que cubrirían la fianza requerida por el Ministerio Público y el daño causado por todos los imputados.

Querella solicitó rechazar la revisión

Por su parte, la querella adhesiva ejercida por el Abog. De los Santos de Vaca Pavón dijo queesta representación se opone a la solicitud de las defensas teniendo en cuenta que hasta la fecha no se ha aportado elementos nuevos que desvirtúen los indicios primarios en la comisión de los hechos punibles atribuidos”.

Agregó el abogado que “continua la extorsión y apriete a mis clientes, realizando sendas denuncias por testimonio falso precisamente lo que tuvo como origen la formación de la presente causa”.

“Mis clientes fueron despojados de su casa y actualmente se encuentran sin domicilio. Esta representación se ratifica íntegramente en el sentido de que Vuestra Señoría rechace los pedidos y mantenga las medidas dictadas en su oportunidad”.

Ministerio Público pidió mantener medidas restrictivas

La agente fiscal Belinda Bobadilla en la audiencia de revisión de medidas manifestó: “...en cuanto al señor Roberto Alejando Garcete Cano de su pedido de autorización para salir a trabajar, el Ministerio Público tiene una posición jurídica previamente establecida, que estas licencias son totalmente incompatibles con la medida restrictiva de libertad de arresto domiciliario, porque ante una eventual condena, el tiempo en que el procesado se encontró guardando reclusión domiciliaria, se deducirá del tiempo que se estableció como sanción penal”.

“Por tanto, resulta totalmente ilógico que una persona privada de libertad tenga permiso para realizar labores cotidianas”, sostuvo la agente.

En relación a Lida Concepción Cano de Garcete, la fiscala Bobadilla tiene la misma posición jurídica. La imputada solicita autorización para realizar visitas al domicilio de su hija que recientemente ha dado a luz.

“Esta representación fiscal considera que en relación a los mismos el pedido de revisión de medidas debe ser rechazado en base a la incompatibilidad jurídica de la medida vigente y el planteamiento que realiza el representante de la defensa técnica”.

Con relación a Roberto Damián Garcete Rodríguez, el Ministerio Público, está desplegando una amplia actividad culpatoria con miras a sostener la teoría de la Fiscalía y considera que es necesario mantener al mismo privado de libertad, al menos mientras se realizan gran parte de las diligencias. No está demás señalar, que a la fecha, en cuanto al mismo, se van dando ciertas acreditaciones que confirmarían la teoría de culpabilidad...”, reseño la fiscala.

Análisis del juzgado para rechazar los pedidos

El juez Delmás Aguiar argumentó con relación a los imputados Roberto Alejandro Garcete Cano y Lida Concepción Cano que recientemente el Tribunal de Apelaciones Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado, en virtud al AI. N° 352 de fecha 06 de diciembre de 2023, ha estudiado el recurso de revisión de medidas solicitado por la defensa y confirmó las medidas adoptadas por este juez.

Agrega, que a la fecha no han variado los presupuestos que han sido tenido en cuenta para dictar el arresto domiciliario, a los efectos de imponer otras medidas a fin de descartar el peligro de fuga y la obstrucción a la investigación, por lo que la medida alternativa de arresto domiciliario, es la única vía adecuada para ambos procesados para hacer efectiva la sujeción al procedimiento actual.

Con relación al imputado Roberto Damián Garcete Rodríguez, el juez Delmás Aguiar sostuvo que por A.I. N° 461 de fecha 05 de octubre de 2023, el Juzgado ha decretado su prisión preventiva. El magistrado resaltó que a la fecha, dichos elementos tenidos en cuenta para dictar la medida cautelar, siguen latentes (peligro de fuga, obstrucción a la investigación).

El magistrado también consideró las manifestaciones de la agente fiscal quien dijo que Garcete Rodríguezestá desplegando una amplia actividad culpatoria con miras a sostener la teoría del Ministerio Público”, y dichos elementos son importantes para sostener la teoría de culpabilidad del mismo.

Delmás Aguiar concluyó que es necesario mantener a Garcete Rodríguez privado de libertad, al menos mientras se realicen gran parte de las diligencias, lo cual sugiere que sigue latente el peligro de obstrucción no habiendo sido desvirtuado por la defensa técnica, por lo que coincide con la posición de la agente fiscal.

Los procesados por la usura y otros delitos

El 31 de julio de 2023, el fiscal de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorruopción Luis Said Frágueda, imputó al expresidente del Cub Resistencia Roberto Damián Garcete Rodríguez, a su esposa Lida Concepción Cano y sus hijos Fabiana Soledad Garcete Cano y Roberto Alejandro Garcete Cano, así como a la escribana Maria De Lourdes Duarte Franco.

Los hechos punibles imputados son usura, lavado de dinero, asociación criminal y producción y uso de documentos no auténticos.

El hecho atribuido al expresidente de Resistencia

Eladio Miguel Britos Villalba, una de las numerosas víctimas de los préstamos usurarios de Ramón González Daher, denunció que en junio de 2013 había decidido pedir un préstamo de G. 200 millones a Roberto Garcete, un conocido usurero de la Chacarita y compadre del citado exdirigente deportivo Ramón González Daher, condenado a 15 años de cárcel por usura y otros delitos .

Un año más tarde, en 2014, Britos ya había pagado G. 1.000 millones. Es decir 500% de interés, muy por encima del límite legal establecido por el Banco Central del Paraguay (BCP).

Britos firmó el acuerdo con Roberto Garcete, sin saber que detrás de todo estaba realmente Ramón González Daher. Grande fue su sorpresa cuando el 26 de noviembre de 2014, Garcete lo citó a una reunión en un edificio del centro de Asunción.

Le dijo que debía ir con sus hijas. Allí se encontraron con González Daher, quien los intimó a abandonar su casa en un plazo de 30 días. El 20 de diciembre, entregaron la llave a Garcete.

Pasaron los días y Garcete los volvió a convocar a una reunión, diciendo que había “buenas noticias”.

Les dijeron que les iban a devolver la casa, pero si Britos firmaba cuatro cheques por valor total de G. 534 millones.

Firmó los cheques y le prometieron devolver la llave. Pasaron los días y Garcete desapareció. Cuando averiguó, la casa ya estaba registrada a nombre del “prestamista” de la Chacarita.

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