En medio de las críticas que realizan los ministros de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) Gustavo Santander Dans y Víctor Ríos Ojeda, por la reunión secreta que mantuvieron sus colegas en Mburuvicha Róga con el presidente de la República Santiago Peña Palacios, y supuestamente con el titular de la Asociación Nacional Republicana (ANR) Horacio Manuel Cartes Jara; la Sala Constitucional de la máxima instancia judicial continúa sin resolver las acciones de inconstitucionalidad que ambos promovieron ya en agosto pasado.
Las acciones promovidas por Santander Dans y Ríos Ojeda están dirigidas contra el Artículo 19 de la Ley N° 609 que organiza la Corte Suprema de Justicia,que limita el mandato de los ministros del máximo tribunal.
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En el Capítulo V sobre Disposiciones Comunes, se encuentra el citado Art. 19, que textualmente dispone: .- “Reconducción Tácita de la Función. Cumplido el periodo para el cual fueron designados, de acuerdo con el Art. 252 de la Constitución y 8º de las Disposiciones Finales y Transitorias de la misma, los ministros de la Corte Suprema de Justicia seguirán en el ejercicio de sus funciones hasta tanto sean confirmados o nombrados sus sucesores conforme con el procedimiento constitucional”.
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A su vez el Artículo 261 de la Constitución Nacional establece que “los ministros de la Corte Suprema de Justicia sólo podrán ser removidos por juicio político. Cesarán en el cargo cumplida la edad de setenta y cinco años”, de acuerdo con lo que establece la Carta Magna.
Únicos ministros sin inamovilidad
Víctor Ríos Ojeda, quien asumió como ministro de la Corte en noviembre de 2021; y Gustavo Santander Dans, integrante de la máxima instancia judicial desde abril de 2023, buscan sumarse a sus colegas que son inamovibles en el cargo: César Antonio Garay Zuccolillo, Luis María Benítez Riera, Manuel Dejesús Ramírez Candia, María Carolina Llanes Ocampos, César Manuel Diesel Junghanns, Eugenio Jiménez Rolón y Alberto Martínez Simón, quienes formarán parte de la máxima instancia judicial hasta los 75 años, que es la edad límite para ocupar la magistratura.
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Tanto Ríos Ojeda como Santander Dans integran la Sala Constitucional, junto al ministro César Diesel, quien actualmente preside dicha sala del máximo tribunal.

En noviembre de este año, al confirmar la presentación de la acción para conseguir la inamovilidad, el ministro Víctor Ríos aseguró que su intención “no es perpetuarse en el cargo”, y que solo se basa en la jurisprudencia.
Integraciones de salas para estudiar ambas acciones
Los ministros de la Corte que integran la Sala Constitucional que debe resolver si el ministro Víctor Ríos Ojeda seguirá en el cargo hasta los 75 años de edad son César Manuel Diesel Junghanns, Luis María Benítez Riera y Alberto Martínez Simón.
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Por otro lado, los integrantes de la Sala Constitucional que estudiará la acción para la inamovilidad del ministro Gustavo Santander Dans son César Diesel, Eugenio Jiménez y Manuel Ramírez Candia.
En noviembre del año 2021 la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, con integraciones distintas, dictó las últimas resoluciones que declararon inamovibles a María Carolina Llanes Ocampos, Alberto Martínez Simón, Eugenio Jiménez Rolón, César Diesel y Manuel Ramírez Candia, quienes también habrían promovido acciones de inconstitucionalidad contra la Ley N° 609 y lograron la certeza constitucional para estar en el cargo hasta los 75 años.

Sin procedimiento para confirmación
Luego de conocerse que presentó la acción para su inamovilidad, y teniendo en cuenta que al asumir en el cargo Víctor Ríos había afirmado que se quedaría solo 5 años en la Corte; el integrante de la Sala Constitucional explicó en conferencia de prensa que la inconstitucionalidad que promovió para su inamovilidad responde a la inexistencia de un procedimiento para la confirmación de los integrantes de la máxima instancia judicial.
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Ríos Ojeda puntualizó que no cambió de postura sobre lo que manifestó al asumir el cargo en noviembre de 2021.
“Yo no voy a estar hasta los 75 años en la Corte. Sigo pensando en la alternancia porque es fundamental”, puntualizó el ministro Víctor Ríos al argumentar la acción de inconstitucionalidad planteada contra el Art. 19 de la Ley 609 Que organiza la Corte Suprema de Justicia.
Crítica de Peña contra “actor político”
El presidente de la República Santiago Peña, al ser consultado por periodistas invitados al pódcast “Paraguay adelante” respecto a la reunión secreta que mantuvo con seis ministros de la Corte Suprema de Justicia, en Mburuvicha Róga, afirmó que uno de los integrantes del máximo tribunal es un actor político, presuntamente en referencia al ministro Víctor Ríos, teniendo en cuenta su militancia en el Partido Liberal Radical Auténtico y su pasado como parlamentario por el PLRA.
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“De entrada sé que voy a tener que trabajar con nueve ministros, uno de los cuales es un actor político y políticamente consiguió estar hoy en la máxima instancia judicial”, dijo el mandatario tratando de defender la reunión secreta que mantuvo con seis ministros de la Corte y a la que no fueron invitados Víctor Ríos Ojeda y Manuel Ramírez Candia; mientras que el ministro Gustavo E. Santander Dans rechazó la invitación de Peña.

Sin embargo, tanto Ríos como Santander y Ramírez Candia estuvieron presentes en la reunión de integrantes del máximo tribunal con el presidente Santiago Peña, la semana pasada en el Palacio de Justicia de Asunción, cuando el titular del Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Arbitraje.
Vencimientos de mandatos
El mandato de Víctor Ríos Ojeda como ministro de la Corte Suprema de Justicia vence en noviembre del año 2026, ya que asumió en el cargo en noviembre de 2021. Es decir, existe suficiente tiempo para que la Sala Constitucional resuelva la acción promovida para que el exlegislador liberal tenga inamovilidad en el máximo tribunal como sus colegas.
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En el caso del ministro Gustavo Santander Dans, quien asumió en el cargo en abril de 2023, su mandato como integrante de la Corte Suprema de Justicia vence recién en abril de 2028.
Proyecto espera estudio
En Cámara de Diputados sigue pendiente de estudio el proyecto de ley “que deroga el artículo 19 de la Ley N° 609/95 que organiza la Corte Suprema de Justicia”, que fue planteado ya en el año 2021 por el diputado liberal Jorge Ávalos Mariño.
