MEC registró título de Hernán Rivas por “orden superior”, pese a rosario de irregularidades

Juicio de Hernán Rivas en la sala 2 piso 2 torre norte del palacio de Justicia
Hernán Rivas, exsenador cartista acusado por su título de abogado presuntamente falso; y la Abg. Alba Zaracho en la sala de juicios orales.Gustavo Machado

En el juicio oral al exsenador Hernán Rivas (ANR - cartista) los testigos que ya declararon en la audiencia de hoy, martes 25 de agosto, confirmaron que el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) registró el título de abogado presuntamente falso por una “orden superior”. Los involucrados en dicho trámite brindaron detalles de las irregularidades cometidas en el proceso.

El título de abogado de Hernán David Rivas Román fue registrado por el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) en apenas seis minutos, en fecha 9 de junio de 2020. La celeridad para el trámite se debió a una “orden superior”, por la cual flexibilizaron los filtros de control exigidos por la norma.

“No hubo tiempo para cotejar los requisitos establecidos en la norma. No tuvimos tiempo de hacer un análisis profundo, ya que por orden superior que vino de manera verbal a través del director general Ricardo Ortiz, que se tenía que registrar el título”, expresó en parte de su declaración la testigo Andrea Estigarribia.

La jefa interina de la Dirección de Registro de Títulos de Grado del MEC agregó que en la conversación que tuvo con director Ricardo Ortiz, éste le manifestó lo siguiente: “este título hay que registrar, es una orden de arriba. Yo entendí que provenía de nuestro jefe, que en ese entonces era el ministro Eduardo Petta”, resaltó la testigo.

Estigarribia admitió que el certificado de estudios de Hernán Rivas no cumplía con los requisitos establecidos en la Resolución N° 2424/2016 y aun así fue registrado en el Ministerio de Educación y Ciencias, ya que había una “orden superior”.

MEC flexibilizó filtros a favor de Hernán Rivas

Consultada sobre la exigencia para que el certificado de estudios contenga el acta de evaluación y la fecha de la evaluación, la testigo Andrea Estigarribia argumentó en su declaración que existe un “vacío” sobre dicho requisito, entre lo establecido en la Resolución N° 2424/2016 y la Resolución N° 5713 del año 2019.

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Sobre dicho punto el Tribunal de Sentencia señaló a la testigo que el certificado de estudios de Hernán Rivas es de fecha 12 de mayo de 2018, sin embargo el equipo que realizó la contra auditoría tuvo en cuenta los requisitos establecidos en la Resolución N° 5713 del año 2019.

Juicio de Hernán Rivas en la sala 2 piso 2 torre norte del palacio de Justicia
Los jueces Juan Carlos Zárate Pastor, María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo integran el Tribunal de Sentencia encargado del juicio oral a Hernán Rivas.

“Hay una normativa y se hace el análisis de lo que establece la normativa vigente, pero también lo establecido en otras normas”, argumentó Estigarribia tratando de justificar por qué el equipo que realizó la contra auditoría no tuvo en cuenta la norma vigente respecto a los requisitos que el MEC debía tener en cuenta para el registro del título.

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En ese marco la ex jefa interina de la Dirección de Registro de Títulos de Grado del MEC agregó que “no se le puede negar el registro de título a los egresados, ya que muchos de ellos incluso ya están ejercicio de la profesión, cuando la propia institución que expidió el título solicita ese registro”, fundamentó.

Registro del título de Rivas debía anularse

Otro testigo que declaró este martes en el juicio oral al exsenador colorado es Rodrigo Ramírez, quien fue jefe interino de Investigaciones y dependía del Departamento de Transparencia que estaba a cargo del Abg. José Casañas Levi (fallecido el 18 de noviembre de 2024); órgano que realizó un informe sobre el proceso para el registro del título de abogado del ahora acusado.

“Detectamos varias irregularidades e inconsistencias sobre los documentos presentados por Hernán Rivas para el registro su título de abogado, en consecuencia se recomendó abrogar (anular) el trámite realizado. Si se tenía en cuenta esa recomendación se debió anular el registro de dicho título de abogado, pero como nuestro informe no es vinculante, esa decisión quedó a cargo de otras dependencias y autoridades del MEC”, resaltó el testigo.

Ramírez agregó que la unidad anticorrupción a cargo de Casañas Levi constató que para el registro de título de Hernán Rivas, el MEC no cumplió varios puntos establecidos en las resoluciones N° 2424/2016 y la 5713/2019, ya que ambas normativas se complementan en cuanto a los requisitos para el registro de los títulos.

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Además destacó que, conforme a la norma vigente en el 2018, el certificado de estudios de Rivas debía contener la información sobre las filiales en las que el mismo estudió la carrera de Derecho, sin embargo en el certificado de estudios expedido por la Universidad Sudamericana solo decía “Facultad de Derecho - Filial Luque”.

Juicio de Hernán Rivas en la sala 2 piso 2 torre norte del palacio de Justicia
Los Fiscales Cristian Benítez, Luz Guerrero y Patricia Sánchez representan al Ministerio Público en el juicio oral a Hernán Rivas.

El funcionario puntualizó que a parte de las resoluciones, para el análisis, tuvieron en cuenta los informes del Cones (Consejo Nacional de Educación Superior), en lo que se señalaba que la carrera de Derecho de la Sudamericana no estaba habilitada.