La semana pasada, la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia rechazó ‘in limine’ -sin análisis de fondo del reclamo– la acción de inconstitucionalidad presentada por representantes legales del padre de una de las víctimas de un accidente fatal en el que murieron cuatro personas en San Bernardino -en noviembre de 2024–, quien reclama ser incluido como querellante en el proceso contra la persona procesada por la fatal colisión.
En junio de 2025, en representación de Ceveriano Jacquet –padre de la víctima Osvaldo Darío Jacquet–, el abogado Carlos Trapani presentó una acción de inconstitucionalidad pidiendo revocar una resolución de un Tribunal de Apelaciones de Cordillera que rechazó incluirlo como querellante adhesivo en el proceso contra el empresario Eugenio Sanabria Vierci, procesado por el choque en San Bernardino.
Casi un año después, la Corte Suprema resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad, luego de que dos de los tres ministros de la Sala Constitucional -César Diésel y Víctor Ríos- opinaran que los argumentos presentados por los abogados de Jacquet contra la resolución del Tribunal de Apelaciones no son convincentes. Opinó en disidencia el tercer miembro de la Sala, el ministro Gustavo Santander.
“La canonización final de la violación de derechos”
En comunicación con ABC Cardinal este lunes, el abogado César Trapani, representante de Ceveriano Jacquet, lamentó la decisión de la Corte Suprema describiéndola como “la canonización final de la violación de derechos” y de “la desigualdad ante la ley”.
Trapani recordó que el Código Penal autoriza que, en casos en los que una víctima de un hecho fallece, familiares suyos puedan participar en el proceso penal como querellantes.
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Sin embargo, la defensa de Sanabria Vierci pidió excluir del proceso a Ceveriano Jacquet con el argumento de que el derecho a participar en un proceso se distribuye como una herencia”, explicó el abogado.
Según el argumento de la defensa, aceptado por el Tribunal de Apelaciones de Cordillera, la única persona con legitimación prioritaria para intervenir como querellante adhesiva en la causa es una hija menor de edad de Osvaldo Jacquet, por ser su pariente más cercana y heredera directa.
Podrían llevar el caso a instancias internacionales
Ante esa resolución, los representantes de Ceveriano Jacquet presentaron su acción de inconstitucionalidad, argumentando ante la Corte Suprema que “esta decisión, que aplica reglas no aplicables al caso, genera el efecto de frustrar el ejercicio del derecho constitucional de participar en juicio, a través de una sentencia que no conecta los hechos con el derecho” y “viola la seguridad jurídica del Estado de derecho”, dijo Trapani.
“La Corte no llegó a estudiar el caso, se quedó en el filtro”, subrayó. “En vez de tomar el caso y pronunciarse sobre el fondo, dijo que no le convencen los argumentos para decir que vale la pena estudiar”.
Con el rechazo de la acción de inconstitucionalidad de parte de la Corte Suprema, “no nos quedan recursos más recursos para exigir la intervención de Ceveriano Jacquet en el caso”, lamentó el letrado.
Sin embargo, la familia de la víctima aún podría recurrir a instancias internacionales llevando el caso al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, señaló.
“El caso reúne todas las condiciones para ir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, correspondería ir”, dijo el abogado, pero enfatizó que esa será finalmente una decisión de la familia.
El abogado añadió que “nosotros pedimos lo justo, hay suficiente espacio en el sistema legal paraguayo para otorgar todas las garantías al imputado y darles a las víctimas el respeto y consideración que se merecen, los derechos no son bienes escasos”.
“Mala fe” de la Corte
Trapani denunció además “mala fe” en el argumento expuesto por el ministro César Diésel en la resolución de rechazo de la acción de inconstitucionalidad.
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“Toman una parte (del escrito de acción de inconstitucionalidad) que no tiene que ver con los argumentos sobre los derechos violados, una parte titulada en la demanda como síntesis del caso, y dicen que el demandante no se concentra en exponer argumentativamente sobre los derechos violados”, explicó. “La práctica jurídica ya está bastante destrozada en Paraguay como para que el máximo tribunal del país tome una parte de tu escrito, le haga decir lo que no dice y lo acomode a su decisión”.
Un caso “atravesado por privilegios”
Trapani opinó que la decisión de la Corte Suprema “es la canonización final de la violación de derechos” y “de la desigualdad ante la ley”, señaló que el proceso contra Sanabria Vierci estuvo “atravesado por privilegios” y por “una aplicación desigual de la ley”.

Recordó que, al principio del proceso, Sanabria Vierci no comparecía ante el juzgado porque su médico privado no le daba el alta médica tras el choque, y que el procesado fue recluido en la Agrupación Especializada de la Policía Nacional, que debería recluir solo a agentes policiales y que “para civiles funciona como un hotel”.
Fiscalía “complaciente”
Cuestionó también la “forma complaciente” en que actuó el Ministerio Público y recordó que fue a instancias no de la Fiscalía, sino de las víctimas que se solicitó que un médico forense del Poder Judicial acuda al hospital donde Sanabria Vierci estaba internado luego del choque para verificar si realmente este no estaba en condiciones de comparecer ante el juzgado.
Además, dijo que “el Ministerio Público hace un año permite que el juez no mueva el caso”. La audiencia preliminar de la causa aún no se ha realizado.
Conductor alcoholizado y cuatro fallecidos

Eugenio Sanabria Vierci fue procesado por supuesto homicidio culposo y exposición a peligro en el tránsito terrestre luego del múltiple choque ocurrido el 10 de noviembre de 2024 cuando la camioneta Volkswagen que conducía a alta velocidad el imputado –quien se hallaba bajo los efectos del alcohol- impactó contra un automóvil Kia.
Los tres ocupantes de ese automóvil -Osvaldo Jacquet (39), su esposa Kristin María Blumenröther (40) y una hija de ambos, Philipe Jacquet Valdez (2)- fallecieron.
A causa del impacto, la camioneta de Sanabria Vierci volcó e impactó contra otro vehículo, un Hyundai. Una de las ocupantes de ese rodado, Nancy Angeluz Chena, también perdió la vida.
