Fallo inédito en Paraguay: justicia exime a madre que mató por error

Policías de Capiatá intervinieron en el hecho, que involucró a una madre y la víctima resultó ser su propia hija.
Policías de Capiatá intervinieron en el hecho, que involucró a una madre y la víctima resultó ser su propia hija.

Una mujer mató a su hija en 2014 creyendo por error que era un maleante que entró a su casa de Capiatá. Tras 11 años de investigación, la justicia concluyó que se trata de un caso de “error de prohibición inevitable” y lo desestimó. Este fallo se constituye en el primero en la historia judicial del país, según la Fiscalía.

Se trata de Ana María Arnold Datschke, quien estuvo investigada por el Ministerio Público por 11 años por matar a su hija de 19 años. La causa en su contra fue desestimada por el juez penal de garantías N° 2 de Capiatá, Juan Oviedo, el 21 de noviembre de 2025, por el Auto Interlocutorio (AI) N° 2646. Esto, a pedido del fiscal Hugo Marcelo Pérez quien concluyó que el caso se subsume en un error de prohibición inevitable.

Los antecedentes del caso refieren que Ana María Arnold había quedado viuda, por el fallecimiento de su marido. Por esta razón, su hija Nayive Janette Otto Arnold, estudiante universitaria de la carrera de Veterianaria e integrante del cuerpo de bomberos de Capiatá, se quedaba a dormir con ella, en su casa del barrio Retiro de la mencionada ciudad del departamento Central.

Es preciso resaltar que, Ana María Arnold había sido víctima de constantes hurtos en su domicilio, incluso el de su vehículo. Por esta razón iba a dormir con miedo cada noche.

El 8 de octubre de 2014, Nayive Otto debía ir a su guardia al cuartel de los bomberos, pero por motivos de que debía estudiar para el examen que tenía al día siguiente, le pidió a su hermano -también bombero que la cubra. Además, la joven dormía en la misma habitación que la madre.

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A las 23:00, Ana María escuchó ruidos que venían de la cocina, por lo que atemorizada por los anteriores episodios, observó hacia la cama de su hija, y al ver unos bultos sobre la misma asumió era Nayive durmiendo, cuando realmente solo eran frazadas acumuladas ahí.

Consternada tras lo ocurrio, Ana María Arnold (medio), rodeada de sus familares.
Consternada tras lo ocurrio, Ana María Arnold (medio), rodeada de sus familares.

Inmediatamente tomó un revólver calibre 38, para repeler al intruso que Ana María asumió que ingresó a su casa. La mujer se ocultó detrás de la puerta de su pieza al notar que el extraño iba hacia ahí y, cuando ingresó a la habitación le disparó. Quien recibió el disparo solo respondió con el grito de: ¡Mamá!

Inmediatamente después, Ana María Arnold encendió la luz y se percató de que a quien realmente le disparó era su hija, Nayive Otto, y no a un delincuente que irrumpió en su casa. La joven fue asistida, primero por su hermano y luego auxiliada hasta el Hospital General de San Lorenzo (Calle’i), donde se confirmó su fallecimiento.

“Soy una persona muerta en vida”, dijo la madre a la Fiscalía

El agente fiscal de Capiatá, Hugo Marcelo Pérez, inició la investigación de oficio bajo la carátula de homicidio culposo. En ese marco, se realizaron las diligencias investigativas. Pérez dijo a ABC Color que “la señora en todo momento se mostró colaborativa y los hijos de ella también. Además, ella entregó el arma”.

Añadió que Ana María Arnold fue convocada también para declarar. Sus abogados le recomendaron no hablar, pero ella hizo caso omiso. “Soy una persona muerta en vida, solo quiero enterrarle a mi hija”, entre otras cosas manifestó en la Fiscalía, según relató el fiscal Pérez.

El representante del Ministerio Público detalló que la familia vino del Brasil y se radicó hace varios años en Paraguay, incluso tienen un negocio en el país. Es una persona que no tiene antecedentes y sobre el arma, Pérez subrayó que ella estaba al día con su tenencia y portación. En la evaluación psiquiátrica tampoco se tuvo un diagnóstico negativo.

Durante la investigación se descartó que el hecho se haya tratado de un hecho de violencia que ejerció la madre contra la hija, porque no habían antecedentes de malos tratos entre ambas.

En la autopsia, se declaró como causa de muerte un shock hipovolémico causado por disparo de arma de fuego. El proyectil calibre 38 ingresó en la zona del tórax, tuvo orificios de entrada y salida, de derecha a izquierda, por lo que perforó uno de los pulmones, detalló el fiscal Hugo Marcelo Pérez.

Hugo Marcelo Pérez, fiscal de Capiatá.
Hugo Marcelo Pérez, fiscal de Capiatá.

Justicia aplica por primera vez el error de prohibición inevitable

En octubre de 2025, el fiscal Hugo Marcelo Pérez requirió al juzgado la desestimación de la causa. Sin embargo, el juez Juan Oviedo, dio trámite de oposición y envió nuevamente la causa al fiscal, quien se ratificó y el por AI N° 2646 del 21 de noviembre de 2025, el magistrado desestimó el caso, así el mismo quedó cerrado. Como Ana María Arnold no fue imputada esto no le provocó agravio alguno, dijo Pérez.

El fiscal Pérez refirió que este “es un fallo inédito en la jurisprudencia nacional. Es la primera vez que se aplicó concretamente el artículo 22 del Código Penal”. Pues para llegar a esta conclusión, “se apeló a la jurisprudencia nacional y extranjera tratando de subsumir la conducta”

Pérez expresó que “Ana María Arnold se motivó creyendo erróneamente que estaba amparada por una causa de justificación de legítima defensa al representarse que un malviviente ingresó a su domicilio, y esperando detrás de la puerta por si se acercaba para ingresar a su habitación donde ella tenía por seguro que harían daño a ella y a su hija, decidió disparar para defenderse a ella misma y a su hija”.

En el análisis del delito, el agente fiscal refirió que el hecho es “típico porque se da una muerte que no fue por causas naturales; es antijurídico, porque se violaron las reglas de conductas y no hay causa de justificación que la ampare”.

Sin embargo, en el elemento relacionado a la reprochabilidad, “el error radicó en la representación errónea de la mujer; ella deseaba el resultado, quería repeler la acción de un maleante - que estaba en su cabeza- y creyó que su hija estaba en su cama e iba a ser legítima defensa, pero no fue así, al final fue la hija. Ahí es donde se produjo el error de prohibición inevitable”.

Entonces, cuando Ana María Arnold representó mentalmente que su hija seguía dormida en la habitación y creyó que un delincuente entró a su casa, producto del miedo por los hechos anteriores, por lo que “actuó bajo una representación errónea de la realidad”.