Situaciones recientes como el caso del senador colorado Hernán David Rivas Román formaron parte del análisis que realizaron este lunes 27 de abril el ministro de la Corte Suprema de Justicia Víctor Ríos Ojeda y el presidente del Consejo Directivo de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes), Dr. José Duarte.
Durante el encuentro se analizaron mecanismos de cooperación interinstitucional y aspectos vinculados a la verificación de títulos en el ámbito del derecho, así como el intercambio de información en la materia, y se presentó un informe sobre el estado actual de las carreras, según informó la Dirección de Comunicación de la CSJ en la página web del Poder Judicial.
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Ríos y Duarte centraron el debate en la verificación de títulos profesionales en el área del derecho y la situación de carreras universitarias que no cuentan con acreditación de la Aneaes, en el marco de situaciones recientes de interés público, como el caso de Hernán Rivas.
En ese sentido, el titular de Aneaes informó que fue presentada una nota al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia sobre los requisitos de matriculación de abogados e indicó que se remitió un informe específico sobre el alcance del artículo 2 de la Ley N.º 2072, “Creación de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior”.
Caso Rivas evidencia necesidad de fortalecer controles
El titular de la Aneaes confirmó que solo el 17% de las carreras de Derecho cuenta con acreditación y que las restantes (83%) no han completado los procesos establecidos por la institución.
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Al respecto, Duarte explicó que la falta de acreditación plantea desafíos en términos de verificación de estándares de calidad y formación profesional, de acuerdo con lo publicado por la Dirección de Comunicación de la Corte.

En relación al caso específico de Hernán Rivas el titular de Aneaes manifestó que casos como el del senador colorado evidencian la importancia de fortalecer los mecanismos de control y aseguramiento de la calidad en la educación superior.
Finalmente, Duarte destacó que la adecuada formación académica y la validación de competencias profesionales resultan fundamentales para garantizar el correcto ejercicio de la profesión y la seguridad jurídica de la ciudadanía.
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MP pide anular sobreseimiento de Rivas
Las fiscales Patricia Sánchez y Luz Guerrero, encargadas de la investigación al senador colorado Hernán David Rivas Román, piden a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que anule el Auto Interlocutorio (A.I) N° 850 de fecha 10 de octubre de 2025, dictado por el juez de Garantías Miguel Palacios; el A.I N° 102 y el A.I N° 107, ambos del 30 de marzo de 2026, dictados por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, integrado por los camaristas Bibiana Benítez Faría, José Agustín Fernández y Delio Vera Navarro (jubilado desde el 1 de abril).
Respecto a la resolución adoptada en la audiencia preliminar por el juez Miguel Palacios, las agentes del Ministerio Público califican como “arbitraria” la prescripción del tipo penal de producción mediata de documentos públicos de contenido falso, con el argumento que el magistrado incurrió en un error de razonamiento respecto a las porciones fácticas detalladas en la acusación.
En ese sentido Sánchez y Guerrero señalan en el recurso extraordinario de casación que la acusación se basa en estos hechos: la designación de Hernán Rivas como representante de la Cámara de Diputados ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) el 3 de junio de 2020, la obtención de la matrícula de abogado, expedida por la Corte, en fecha 7 de junio de 2021; y la designación de Rivas como representante del Senado ante el JEM, el 6 de julio de 2023.
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Sin embargo, para declarar operada la prescripción el juez de Garantías Miguel Palacios tomó como porción fáctica la expedición del certificado de estudios de Hernán Rivas, por parte de la Universidad Sudamericana, en fecha 12 de mayo de 2018; y el título de abogado expedido por dicha institución, a favor de Rivas, el 9 de junio de 2020.
Error de camaristas a favor de Hernán Rivas, según fiscalas
En cuanto a las resoluciones del Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, las agentes del Ministerio Público resaltan en el escrito de casación que, para confirmar la resolución del juez Miguel Palacios sobre la prescripción del tipo penal de producción mediata de documentos públicos de contenido falso, por unanimidad los camaristas José A. Fernández, Bibiana Benítez Faria y Delio Vera tomaron como porción fáctica el registro del título de abogado de Rivas ante el MEC, en fecha 9 de junio de 2020.
“El órgano revisor de segundo grado analizó porciones fácticas inexistentes en la hipótesis fiscal que en ningún momento fueron objetos del presente procedimiento penal, ni atribuidos en la acusación fiscal al procesado Hernán David Rivas Román”, remarcan las fiscalas en el recurso presentado este martes 14 de marzo ante Sala Penal.
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Sobre este punto agregan que con una interpretación “arbitraria y extensiva” los camaristas rompieron la unidad lógica del proceso, incurrieron en una arbitrariedad fáctica al realizar un análisis incompleto, confundieron los hechos acusados por el Ministerio Público con elementos de prueba presentados por la Fiscalía; y se apartaron de manera injustificada de las constancias obrantes en el expediente.
Las agentes fiscales encargadas de la investigación advierten, en ese sentido, que al momento de conceder la prescripción en base a un relato no atribuido al senador Hernán Rivas, el tribunal de alzada desnaturaliza el alcance de los hechos debidamente establecidos por el Ministerio Público como objeto de la acusación.
