La ex jueza de Paz de Luque, Norma Beatriz Ortiz Díaz, fue sobreseída provisionalmente por el juez penal de garantías Especializado en Delitos Económicos Humberto Otazú, mediante el Auto Interlocutorio (AI) N° 306. Esto a pedido de la fiscala Sophia Galeano, quien al momento de la audiencia preliminar, hecha el 14 de septiembre, solicitó dicha salida procesal en el marco del caso mafia de los pagarés.
Si bien Sophia Galeano, la segunda fiscal del caso, presentó acusación y pidió juicio para la hoy exmagistrada Norma Ortiz y otros seis imputados más, funcionarios judiciales entre ellos, al momento de la audiencia preliminar indicó que “aún existen circunstancias que no han sido esclarecidas existiendo diligencias pendientes de realización y que se pretenden incorporar a la causa”.
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La primera fiscal del caso, Liz Medina, había solicitado varias diligencias que quedaron pendientes hasta su recusación en agosto, entre ellas la obtención de copias de expedientes del juzgado de paz de Luque, de un juzgado en lo Civil y una pericia caligráfica, consideradas fundamentales en la causa.
Medina incluso había solicitado autorización judicial para practicar un allanamiento al juzgado de paz de Luque a fin de rescatar el expediente, en el que se tramitó el juicio ejecutivo que derivó en esta causa, pero esta diligencia le fue negada.
Según indicó la representante del Ministerio Público “dichos elementos probatorios servirían para la realización de un estudio más acabado a los efectos de determinar la certeza de la participación”, así como la responsabilidad de los imputados en la comisión del ilícito investigado, del que resultó víctima la señora Zila Zárate.
El magistrado Otazú, también levantó todas las medidas cautelares y los embargos preventivos sobre los bienes, dictadas sobre la exjueza Norma Ortíz, que está imputada por la presunta comisión de prevaricato (art. 305), uso de documentos públicos de contenido falso (art. 252) del Código Penal.

Tras ser imputada y su caso llegara al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Norma Ortiz presentó renuncia ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), cuyos integrantes aceptaron sin más trámite la misma.
Mafia de los pagarés: las 9 diligencias que Fiscalía debe incorporar
En su pedido, la fiscala Sophia Galeano detalló que aún están pendientes de consecución las “declaraciones testimoniales de los vecinos del lugar donde presuntamente reside Zila Zárate, en la compañía Cañada Garay de Luque”.
También señaló que pretende incorporar a la carpeta la “declaración testimonial de Gianni Rojas, en su carácter de Gerente de la empresa Clink Cash, donde supuestamente se otorgó el préstamo de dinero a la víctima”; y “la constancia del historial de vida y residencia de Zila Zárate, a ser remitida por la comisaría jurisdiccional”.
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Así también, solicitó “copias autenticadas de las compulsas del Expediente N° 164/2015 caratulado: “Comaco SRL c/ Zila Zarate Ávila s/ Preparación de la acción ejecutiva” solicitada al Juzgado en lo Civil y Comercial del Tercer Turno, Secretaría N.º 6, de Luque, referentes a la apelación promovida por Zila Zárate, resuelta por el juez Alexis Vallejos”.

Galeano también refirió que espera contar con informe del Departamento de Identificaciones de la Policía, requerido sobre la cédula de Zila Zárate, que presuntamente fue usada para iniciar la acción preparatoria del juicio ejecutivo ante el juzgado de paz de Ortiz.
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Igualmente, la Fiscalía solicitó las copias autenticadas de las compulsas del expediente judicial caratulado: “Comaco S.R.L. c/ Zila Zárate Ávila s/ Preparación de la Acción Ejecutiva”, requeridas mediante Oficio Nº 861 del 26 de junio de 2026; además, del prontuario policial de los imputados; y el informe d estadística civil sobre los registros de inscripciones de los embargos preventivos, citaciones a remate e inhibiciones contra Zila Zárate Ávila.
Y, por último está pendiente la realización de la pericia caligráfica en relación a las cédulas de identidad originales de Zila Zárate, a ser realizada por el perito Lic. Antonio Joel Villalba Correa, designado por la Dirección de Laboratorio Forense del Ministerio Público.
Proceso por la mafia de los pagarés
La denuncia de Zila Zárate Ávila fue realizada en septiembre de 2024, relacionada a un esquema presuntamente encabezado por el abogado Milciades Toledo, quien inició acciones preparatorias para juicio ejecutivo. La mujer firmó en 2015 un pagaré por G. 4.711.683 pero su deuda trepó G. 29.000.000.
El 9 de febrero de 2026 inició el caso con la fiscala Liz Medina Mareco, quien imputó a la exjueza Norma Ortiz, a la actuaria Elena Noemí Ojeda Duré, el ujier Sergio Daniel Orué Sanabria, al oficial de justicia Patrosinio Almada Roa, así como Milciades Toledo Morínigo, Aldo Ramón Aquino Vera y Óscar Ariel Mieres Montanía.
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A los mismos se les atribuyen los hechos punibles de prevaricato, producción inmediata de documentos públicos de contenido falso y uso de documento público de contenido falso. El caso inició luego de la denuncia formulada por una víctima del esquema de la mafia de los pagarés, Zila Zárate.
El 26 de febrero, la fiscala Medina formuló nueva imputación pero, solo respecto a Patrosinio Almada Roa, Óscar Ariel Mieres Montanía y Aldo Ramón Aquino Vera. A los mismos se les investigó, a partir de este acto, también por prevaricato, en calidad de cómplices.
Dentro del proceso penal, la fiscala Liz Median fue recusada por Sergio Orué y por esa razón, la fiscala Sophia Galeano tomó el caso hasta la presentación de la acusación el 11 de agosto e incluso la realización de la audiencia preliminar, el 14 de septiembre.
Supuestas irregularidades en las notificaciones de juicio
Según los antecedentes del expediente, durante el juicio ejecutivo se habrían producido diversas irregularidades procesales. El abogado demandante habría solicitado apercibimientos al juzgado basándose en notificaciones que, en realidad, no se habrían realizado.
En ese contexto, la actuaria judicial habría informado falsamente a la jueza que las notificaciones fueron practicadas y que la demandada no compareció a reconocer su firma. Con base en ese informe, la magistrada dictó el Auto Interlocutorio N.º 4244, del 11 de junio de 2015, dando por reconocida la firma y ordenando la prosecución del juicio.
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La resolución también habría sido notificada de manera falsa por el ujier notificador.
Informes falsos y ejecución del remate
El oficial de justicia habría consignado falsamente el cumplimiento de intimaciones de pago, embargo y otras notificaciones procesales, supuestamente realizadas en Luque.
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Pese a conocer la falsedad de los informes, el abogado habría impulsado el dictado de autos para sentencia de remate. Posteriormente, la jueza, con el refrendo de la actuaria, dictó la Sentencia Definitiva N.º 2814, del 9 de octubre de 2015, ordenando la ejecución y el remate, en aparente violación de derechos y sin que la demandada hubiera sido notificada efectivamente.
La investigación sostiene que los informes falsos elaborados por el ujier y avalados por la actuaria habrían sido utilizados conscientemente por el abogado para impulsar el proceso civil.
