Para completar el proceso de georreferenciación de inmuebles de acuerdo al nuevo sistema que comenzó a operar en enero de 2026, luego de que el presidente Santiago Peña firmara el decreto mediante el cual reglamentaba la Ley 7424/25, que creó el RUN, el propietario debe contratar a un profesional habilitado, reunir documentación técnica y registral, pagar los aranceles correspondientes y aguardar la verificación que realiza la Dirección de Catastro.
Para ello autoridades del RUN, Ana María Samaniego, directora de Catastro de Emisión de Documentos Catastrales: Yolanda Añasco, jefa de la Sección A del Departamento de Geoprocesamiento; Christian Saccarello, jefe de la Sección de Mensura Judicial de la División de Agrimensura y Geodesia; y la escribana Katia Ayala Ratti, vicepresidenta del Colegio de Escribanos del Paraguay (CEP), explicaron a nuestro medio cómo se realiza el procedimiento, qué documentos se exigen, cuánto cuesta y cuáles son los errores que más retrasan los expedientes.
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¿Qué es la georreferenciación de un inmueble?
Según Ana María Samaniego, directora de Catastro de Emisión de Documentos Catastrales, la georreferenciación consiste en determinar con precisión la ubicación de un inmueble mediante coordenadas geográficas.
Dijo que el trabajo es elaborado por un ingeniero en Ciencias Geográficas o un agrimensor habilitado, quien confecciona un plano georreferenciado y un informe técnico que luego son sometidos al cotejo de la Dirección de Catastro del RUN.
Según explicó, este procedimiento permite verificar que la información técnica coincida con el título de propiedad, los registros catastrales y la base de datos del Registro Público.
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Paso a paso: cómo hacer la georreferenciación de un inmueble
Las autoridades recomiendan iniciar el proceso con un escribano, quien coordina la preparación del expediente junto con el profesional encargado del levantamiento técnico. También es posible que el propietario contrate directamente al agrimensor.
Una vez concluido el plano georreferenciado, el expediente es preparado por la escribanía y presentado ante el RUN por un profesional habilitado. Los particulares no pueden ingresar directamente este tipo de solicitudes en mesa de entrada.
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¿Qué documentos se necesitan?
Para solicitar el cotejo del plano ante Catastro deben presentarse:
- Tres juegos del plano georreferenciado (firmados por el propietario y el agrimensor responsable).
- Tres ejemplares del informe técnico (firmados por el propietario y el agrimensor responsable).
- Copia autenticada del título de propiedad.
- Comprobante del impuesto inmobiliario vigente.
- Archivo digital del plano en formato Shape (SHP), normalmente entregado en CD o pendrive.
- Copia de la cédula de identidad y matrícula profesional del agrimensor.
- Comprobante de pago de los aranceles.
La escribana Katia Ayala Ratti, vicepresidenta del Colegio de Escribanos del Paraguay (CEP), explicó que la escribanía también genera la minuta correspondiente y reúne toda la documentación autenticada antes de presentar el expediente al RUN.
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¿Cuánto cuesta la georreferenciación?
El costo total depende de varios conceptos. La tasa oficial para el cotejo y registro del plano es de G. 117.077 (un jornal mínimo). Cuando el trámite incluye cotejo más cambio de distrito, la tasa asciende a G. 292.693. Ese monto contempla la cancelación del padrón o cuenta corriente catastral anterior, la asignación del nuevo padrón o cuenta corriente y los sellos correspondientes. A esos valores deben sumarse los honorarios profesionales.
Según el Colegio de Escribanos, el trabajo del agrimensor suele partir desde G. 1.500.000, aunque puede aumentar según la ubicación del inmueble, las distancias, los equipos utilizados y la complejidad del trabajo.
Los honorarios notariales rondan desde G. 1.000.000, dependiendo de las gestiones necesarias y de los impuestos y tasas involucrados. Desde Catastro recordaron que los honorarios mínimos de los profesionales están regulados por la Ley N.º 5634/2016, aunque el monto definitivo se acuerda entre el propietario y el profesional contratado.
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¿Cuánto demora el trámite?
Una vez ingresado el expediente completo, la Dirección de Catastro informó que actualmente el tiempo promedio de resolución es de entre 20 y 25 días.
La institución trabaja con una referencia máxima cercana a los 30 días para este tipo de procedimientos, aunque aclaró que la legislación no establece un plazo específico para el cotejo y registro de planos debido a la complejidad técnica de cada caso.
Christian Saccarello, jefe de la Sección de Mensura Judicial de la División de Agrimensura y Geodesia del RUN, explicó que cada expediente debe ser revisado para comprobar que las coordenadas y la información técnica coincidan plenamente con los antecedentes registrales.
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¿Por qué pueden rechazar o demorar un expediente?
Los especialistas señalaron que las observaciones más frecuentes son:
- Coordenadas incorrectas.
- Diferencias entre el plano y el título de propiedad.
- Superposición con inmuebles vecinos.
- Conflictos de límites.
- Desplazamientos gráficos respecto de planos ya registrados.
- Archivos digitales dañados o imposibles de abrir.
- Documentación ilegible o sin autenticar.
- Agrimensores no habilitados por el organismo competente.
También suelen aparecer inconvenientes cuando un inmueble ya fue georreferenciado y el predio vecino continúa utilizando un plano antiguo. En esos casos pueden detectarse diferencias en los linderos que obligan a realizar verificaciones adicionales.
Yolanda Añasco, jefa de la Sección A del Departamento de Geoprocesamiento del RUN, indicó que durante el cotejo se analiza la coherencia entre el plano presentado, la cartografía catastral y las bases geográficas oficiales antes de autorizar el registro.
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Casos que requieren más documentación
La escribana Katia Ayala advirtió que existen procedimientos cuya documentación es mucho más amplia.
Entre ellos figuran las mensuras judiciales, unificaciones de fincas, fraccionamientos, rectificaciones de superficie, loteamientos, sometimientos al régimen de propiedad horizontal y cambios de nomenclatura entre padrón y cuenta corriente catastral.
En estos casos, además de la documentación básica, pueden exigirse resoluciones judiciales, constancias técnicas y otros antecedentes específicos.
Recomendaciones para evitar observaciones
Las autoridades del RUN y el Colegio de Escribanos coincidieron en una serie de recomendaciones:
- Contratar únicamente agrimensores o ingenieros habilitados.
- Verificar que el título, el plano y los datos catastrales coincidan antes de presentar el expediente.
- Revisar que el archivo digital pueda abrirse correctamente.
- Presentar copias autenticadas y documentos legibles.
- Comprobar que el impuesto inmobiliario esté al día.
El plano georreferenciado constituye una declaración técnica suscripta por el profesional responsable. Si contiene errores o irregularidades, el profesional puede ser pasible de las sanciones previstas en la normativa vigente.
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Catastro reconoce limitaciones por falta de personal
Finalmente, la directora Samaniego señaló que uno de los principales factores que inciden en los tiempos de respuesta es la cantidad de funcionarios disponibles. Actualmente refirió que la Dirección de Catastro cuenta con alrededor de 130 funcionarios distribuidos en distintas dependencias del país.
Samaniego estimó que la institución necesitará incorporar al menos 30 funcionarios adicionales para atender la demanda derivada de la implementación del Registro Unificado Nacional (RUN). A ello -dijo- se suma la tramitación simultánea de expedientes heredados del sistema anterior y de los nuevos procedimientos que ingresan bajo el régimen del RUN.
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