A diez días de las internas partidarias, con miras a las Elecciones Municipales 2026, las calles de Asunción registran un fuerte incremento de elementos visuales proselitistas: carteles, pintatas en las paredes y pasacalles en casi todos sus barrios.
Esta propaganda electoral corresponde, en su mayoría, a candidatos del Partido Colorado. La presencia masiva de esta publicidad electoral genera interrogantes en la ciudadanía respecto al control efectivo de la Municipalidad, a cargo del intendente, Luis Bello (ANR-cartista).

En esta nota te contamos todo lo que tenes que saber respecto a la propaganda electoral en la vía pública, qué está permitido, qué está prohibido y cómo actuar en caso de que consideres que la presencia de estos elementos no cumple con la normativa vigente.
¿Es legal que pinten mi pared con propaganda electoral sin mi permiso?
El Código Electoral Paraguayo y la Ordenanza Municipal N°157/18 disponen que la realización de pintatas requiere una autorización previa y escrita del titular.
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Si una agrupación política pinta tu fachada sin tu consentimiento, el acto se tipifica como vandalismo, daño a la propiedad privada y es una infracción electoral.

Además del permiso del propietario, para que una propaganda esté formalmente habilitada en Asunción se debe presentar una solicitud ante el municipio y realizar el pago del canon correspondiente.
¿Cuándo se considera que una pintata es extemporánea e ilegal?
La Ley N°7135/23, que modifica el Artículo 290 de la Ley N° 834/96, Código Electoral, sujeta la propaganda al cronograma del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE).
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Tanto para la propaganda en la vía pública como en medios masivos de comunicación, el período permitido es desde el día siguiente a la fecha de oficialización de las candidaturas, hasta 48 horas antes del día de los comicios.

Todo anuncio expuesto fuera de este marco temporal se tipifica legalmente como una falta extemporánea y se califica como ilegal.
¿Cuáles son las sanciones por la propaganda electoral extemporánea?
Según la Ley N° 7135/23, realizar propaganda antes de que se inicie oficialmente el cronograma se considera una falta electoral y se aplica una multa de 100 jornales mínimos por cada medio utilizado para difundirla.
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Esta se aplica de forma individual, tanto al candidato como a la organización política. En el último caso, el monto se deduce del subsidio electoral.

Realizar actos de proselitismo una vez que ha finalizado el periodo legal se clasifica como un delito electoral bajo el artículo 324 del Código Electoral. La norma establece una pena de uno a seis meses de penitenciaría, además de una multa de cien jornales mínimos
¿Dónde está estrictamente prohibido realizar pintatas y propaganda?
De acuerdo con el Código Electoral y las ordenanzas vigentes de la ciudad de Asunción, la realización de pintatas y la colocación de propaganda electoral están estrictamente prohibidas en los siguientes lugares:
Infraestructura y Mobiliario Urbano
- Servicios públicos: Está prohibido pintar, pegar o adosar propaganda en columnas de la ANDE, COPACO o cualquier infraestructura de servicios públicos o privados implantada en el dominio público.
- Elementos viales: No se pueden utilizar puentes, viaductos, señales de tránsito, postes señalizadores, rotondas, encauzadores o separadores de carriles.

- Superficies de circulación: Queda prohibido realizar pintatas sobre el pavimento de carreteras, calles urbanas, cordones, veredas, calzadas o paseos centrales.
- Equipamiento común: No se permite el uso de bancos o basureros para adherir afiches o carteles.
Edificios y Espacios Públicos
- Sedes institucionales: La prohibición abarca todos los edificios públicos nacionales, departamentales y municipales, incluyendo escuelas, colegios, hospitales, centros de salud, ministerios y comisarías.
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- Espacios de recreación: No se puede colocar propaganda en plazas y parques de dominio público.
Patrimonio y Espacios Naturales
- Monumentos y Patrimonio: Está terminantemente prohibida la propaganda en monumentos históricos e inmuebles declarados de valor patrimonial.
- Naturaleza: No se pueden utilizar árboles para clavar o colocar carteles, ni realizar pintatas en rocas o cerros.
Propiedad Privada y Restricciones Técnicas
- Línea Municipal: No se permite la ubicación de afiches sobre muros situados en la línea municipal o fachadas; estos solo pueden adherirse a estructuras construidas específicamente para publicidad dentro de propiedades privadas con habilitación legal.

- Sin autorización: Es ilegal cualquier pintata en muros privados que no cuente con la autorización previa y por escrito del propietario.
- Seguridad: Queda prohibido cualquier anuncio que obstaculice la visibilidad de conductores y peatones, o que cubra áreas de ventilación e iluminación de edificios.
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Cualquier infracción a estas disposiciones, como el uso de árboles o la pintura en pavimentos, se clasifica según la normativa de Asunción como faltas graves o gravísimas, sujetas a multas y al retiro de los materiales a costa de los responsables.
¿Quién debe limpiar las pintatas una vez que terminan las elecciones?
La responsabilidad de limpiar las pintatas y retirar la propaganda electoral una vez finalizados los comicios recae primordialmente en las organizaciones políticas, aunque la municipalidad interviene en caso de incumplimiento.
De acuerdo con el Artículo 12 de la Ordenanza N° 157/18 de Asunción, los candidatos, partidos, movimientos políticos, alianzas y concertaciones asumen una responsabilidad solidaria para retirar toda la propaganda electoral, incluyendo pasacalles y pintatas, una vez que termina el plazo legal establecido.

La ley exige que estas agrupaciones no solo retiren los materiales, sino que también repinten los espacios afectados para devolverlos a su estado original.
¿Qué pasa si no retiran la propaganda electoral?
Si las organizaciones políticas no retiran la propaganda dentro del plazo previsto por la Ley Electoral, la Municipalidad de Asunción, a través de la Intendencia, está facultada para realizar los trabajos de blanqueo y retiro de materiales.
Los gastos derivados de estas tareas de limpieza serán costeados por los responsables del hecho. La institución municipal puede recurrir a cualquiera de los responsables solidarios para resarcirse de los gastos operativos.
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Además del cobro por la limpieza, se aplicarán las multas correspondientes por la infracción cometida. La normativa establece que la Intendencia puede ordenar la reparación de cualquier daño producido y la restitución del bien a su estado original.

Todo daño emergente de la colocación de la propaganda, tanto en propiedad pública como privada, es responsabilidad exclusiva de quienes la instalaron.
¿Dónde denunciar una pintata electoral ilegal?
Para denunciar una pintata electoral ilegal, el ciudadano afectado dispone de dos vías institucionales principales, dependiendo de la naturaleza de la infracción cometida:
Fiscalía Electoral
Es la entidad encargada de recibir denuncias cuando la propaganda viola las normativas nacionales de fondo. Específicamente, se debe recurrir a esta instancia en los siguientes casos:
- Violación de los plazos legales: Cuando la propaganda es extemporánea (realizada fuera del cronograma oficial del TSJE).
- Uso de sitios prohibidos por ley: Cuando se utilizan edificios públicos o lugares vedados por el Código Electoral.
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- El Ministerio Público tiene la obligación de actuar de oficio o a petición de parte ante estas faltas.
Municipalidad de Asunción
Para infracciones que afectan el ordenamiento urbano o la propiedad privada dentro de la capital, la denuncia debe gestionarse ante las dependencias municipales:
- Dirección de Servicios Urbanos o Juzgado de Faltas Municipales: Son las instancias para sancionar la contaminación visual y el daño a la propiedad privada.

- Policía Municipal de Vigilancia: Es la dependencia técnica responsable de la fiscalización directa de las calles, encargada de labrar actas e intervenir de oficio ante ocupaciones irregulares.
- Reparación de muros: Si la pintata se realizó en una propiedad privada sin permiso, el afectado puede denunciar la invasión de propiedad para que se multe al responsable y se exija el repintado de la fachada.
¿Cuántas pintatas electorales están autorizadas en Asunción?
Sergio Irala, jefe del Departamento de Prevención de Polución Sonora y Visual (Cartelería) de la Municipalidad de Asunción, confirmó a ABC que hasta la fecha, no se ha presentado ninguna solicitud de permiso para pintantas proselitistas en el presente ciclo electoral.
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Esta confirmación revela que todos los murales que se observan actualmente en las avenidas de la capital, son considerados clandestinos, irregulares y evasores de los cánones municipales, ya que no cuentan con la resolución ni el pago del tributo correspondiente.

Para que una pintata esté legalmente habilitada, la normativa exige la presentación de una solicitud formal, el aval por escrito del propietario del inmueble y el pago de un canon tributario de alrededor de G. 150.000 por metro cuadrado anual en dominio privado, trámites que ningún partido o candidato ha realizado hasta la fecha.
Excepción: cartelería publicitaria
Este incumplimiento no alcanza a los carteles publicitarios y pantallas LED instalados en estructuras independientes, precisó Irala. Casi el 100% de las empresas publicitarias que operan estas estructuras (tótems, vallas y pantallas LED) se encuentran actualmente regularizadas ante el municipio, explicó.
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Estas empresas cuentan con permisos concedidos por un periodo de 3 años. Al estar vigentes, los propietarios de las estructuras pueden cambiar o rotar la publicidad, incluyendo la propaganda electoral, sin necesidad de solicitar un nuevo permiso para cada anuncio específico.
Pintatas y carteles inundan Asunción
En un breve recorrido por el centro de Asunción y sus inmediaciones, ABC pudo constatar una masiva presencia de murales proselitistas de precandidatos para las internas coloradas de 2026.
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Entre los precandidatos a la Junta aparecen figuras conocidas como los actuales concejales Nasser Esgaib, René Calonga y César “Céres” Escobar, todos cartistas. A ellos se suman el abogado Enrique Wagener (ANR-disidente), Dani Fernández (ANR-cartista) y Florencia García (ANR-disidente).

En algunas de estas pintatas, los nombres de los precandidatos a concejal aparecen junto al nombre del precandidato oficialista a la intendencia, Camilo Pérez (ANR-cartista).
Murales en lugares prohibidos
En algunos casos se constata la utilización ilegal de la infraestructura pública y del mobiliario urbano para la fijación de carteles políticos. Un cartel de Nasser Esgaib, por ejemplo, fue colocado directamente sobre el soporte de una señal de tránsito.
Un pasacalles del mismo concejal y de Camilo Pérez “adorna” la Plaza Naciones Unidas del barrio Mburicao, “símbolo” del fracaso de la gestión del exintendente Óscar “Nenecho” Rodríguez (ANR-cartista).
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En el caso de Dani Fernández (ANR-HC), una de sus pintatas se encuentra en el muro perimetral de una vivienda ubicada en la esquina de Yegros y Herrera. Según el mapa catastral oficial de la Municipalidad de Asunción, la vivienda es patrimonial, por lo que no puede ser utilizada para estos fines.

También se vieron imponentes carteles instalados en estructuras independientes de la vía pública, como el de Tania Araujo y el de Seba Radice, que generan una notoria polución visual. La primera, aunque está autorizada por la comuna, llama la atención por estar ubicada en la fachada del Hospital Nanawa del IPS, en Trinidad.
Tino Ayala es “juez y parte”
El caso de mayor notoriedad en nuestro recorrido es el de Constantino “Tino” Ayala (ANR-cartista), quien es precandidato a la concejalía, a la vez que cumple funciones como director de la Policía Municipal de Vigilancia, el órgano encargado de vigilar el cumplimiento de las normas que rigen la propaganda electoral ilegal.

Esta condición particular genera un conflicto de intereses directo entre su obligación administrativa de control y su propio proyecto político, cuyos murales fueron vistos en varios puntos de la ciudad.
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Uno de ellos, en la esquina de Fulgencio R. Moreno y República Francesa. El hecho objetiva una falta de fiscalización sobre su campaña, convirtiéndolo en juez y parte de las infracciones urbanas.
ABC intentó obtener la versión del director consultando vía mensaje a su número telefónico con terminación 870. Hasta el cierre de esta edición no se obtuvo respuesta de su parte. ABC está abierto a recibir su versión para publicar su descargo.
